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Foto: CPI

La Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) permitirá a las víctimas de violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad en Venezuela ser escuchada hasta el mes de octubre.

Esto se realizará a través de la Sección para la Participación de las Víctimas y las Reparaciones de la Secretaría, en el proceso de apelación en contra de la decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I que autorizó la continuación de la investigación de la Fiscalía en torno a la situación de Venezuela.

En un comunicado, la instancia explicó que, en esta oportunidad, se les preguntará a las víctimas si consideran que la Decisión del Artículo 18(2), que permite la reanudación de la investigación del Fiscal de la CPI, debe ser confirmada, enmendada o revocada en apelación.

Solo podrán participar aquellas personas que sean víctimas directas o indirectas, que no hayan participado en la convocatoria anterior y que deseen socializar con la CPI sus opiniones y preocupaciones sobre el procedimiento de apelación y la investigación de la Fiscalía en Venezuela.

En esta decisión, la CPI garantizó la confidencialidad con respecto a la información que suministren los afectados, la cual cuenta con altos parámetros de seguridad.

«Una nueva oportunidad»

Sobre esto, la ONG Defiende Venezuela afirmó, según una nota de prensa, que “esta es una nueva oportunidad, para que las víctimas puedan dar sus testimonios sobre los actos atroces a los que fueron sometidos por parte del gobierno de Maduro”.

Además, es un espacio para que la sociedad civil venezolana se fortalezca aún más y acompañe a las víctimas de represión a que puedan denunciar y alzar su voz sobre estos crímenes.

“Es importante que las ONG sigan adelante con su misión de promover y defender la justicia y los DD.HH., y visibilizar ante el mundo cómo el Estado ha convertido la represión, el hostigamiento, las desapariciones forzadas y las detenciones arbitrarias en una política de Estado”, señaló la organización en una nota de prensa.

Defiende Venezuela recordó que, de conformidad con la regla 85 del Procedimiento y Prueba de la CPI, se entiende que una víctima es una persona natural que ha sufrido un daño como consecuencia de la comisión de algún crimen de la competencia de la CPI.

También pueden incluirse organizaciones o instituciones que sufrieron daños directos a alguno de sus bienes dedicados a la religión, la instrucción, las artes, las ciencias, la beneficencia, monumentos históricos, hospitales u otros lugares u objetos con fines humanitarios.

El daño también puede ser físico, mental, emocional, económico, social o que haya causado un daño sustancial a lous derechos humanos.

Indicó que la situación Venezuela I abarca todos los crímenes de lesa humanidad de competencia de la CPI, cometidos en el territorio venezolano desde el 12 de febrero de 2014 por autoridades estatales, miembros de las fuerzas armadas, fuerzas de seguridad del Estado, autoridades civiles e individuos progubernamentales (llamados «colectivos»), considerando también el alcance de la remisión presentada por un grupo de Estados Partes el 27 de septiembre de 2018 a la Fiscalía de la CPI.


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