Reglamento de Extranjería
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Para conocer los aspectos más resaltantes del Reglamento de Extranjería, sancionado el 20 de abril de 2022 en España, se consultó la opinión del abogado venezolano Marco Núñez, residente en Madrid, consultor externo sobre  materia migratoria.

Para Núñez todos los países deben seguir este ejemplo: ”España ha dado un salto enorme en el fortalecimiento del Estado de Derecho, con lo que resolverá miles de problemas al permitir que los hechos tengan vías de derecho para su solución y atención”.

—¿Qué se ha logrado con este Reglamento de Extranjería?

—Uno de los principios fundamentales  en la formación de una norma de cualquier rango, es que el hecho reiterado y consuetudinario requiere la opinión formal y necesaria del Estado a través de la ley, y el 20 de abril, España ha seguido esta premisa con certeza. De nada sirve tener a una persona sin derecho a trabajar formalmente,  porque  la migración es un hecho social inherente a la realidad humana. Por ello resulta obligatorio que todo ciudadano que ocupe un territorio de forma temporal o permanente esté al corriente de las normas, protegido por la ley y sujeto a las obligaciones que le son inherentes.

—¿Quedan  extranjeros indocumentados  al borde  de la  nueva concepción jurídica  de traslado y permanencia para facilitar su extrañamiento?

—Dejar un  habitante al margen no va a evitar que llegue, que se quede y que trabaje, pero, ahora  el Estado tiene una herramienta  para saber qué hace, dónde está y requerir  a este  su aporte  para cubrir los gastos comunes de la región como también tener una  guía efectiva para penalizarlo si la violara.

—¿Cuáles son las temáticas prioritarias?

—La reforma del 20 de abril de 2022 del Reglamento de Extranjería en España destaca en cuatro aspectos: los estudiantes, el arraigo, los temporeros y la familia, pero lo más importante es que da vías ciertas, concretas y seguras para que los ilegales se regularicen y sean ciudadanos de pleno derecho.

—¿Cómo ello se manifiesta en la práctica?

—Ahora se le otorga al estudiante un permiso de trabajo para tener contratos de hasta 30 horas semanales, y así poder mantenerse en el territorio español mientras estudia.  De los estudios realizados se genera el arraigo por formación con lo cual se puede acceder a una residencia temporal por 12 meses. En cuanto a los inmigrantes que han tenido trabajos informales, podrán justificar el tiempo  trabajado  con la certificación del patrono con lo cual el afanoso podrá demostrar que tiene solvencia laboral y acceder así a una residencia temporal. Aquellos temporeros, es decir  quienes vienen al país a atender picos de productividad, muy habituales en el agro, podrán acceder a una autorización para ejercer su oficio durante 4 años. Cumplidos estos, los beneficiarios podrán optar a una residencia temporal por dos años. Los vínculos familiares, en especial la familia extendida y la ascendencia de origen, tienen cambios fundamentales, que amplían el abanico de posibilidades para la unificación de la familia, los ascendientes, así como los suegros de todo ciudadanos español, pueden ser solicitados en residencia sin necesidad de justificar su manutención previa, siempre y cuando el padre o suegro del español, sea mayor de 65 años.

—¿Hay nuevas modalidades  para beneficiarse y exigencias  a cumplir  extranjeros para recibir la ciudadanía española?

—Con esta reforma, ahora los hijos y nietos de españoles de origen, pueden acceder a la nacionalidad, sin importar si su ancestro vive o si renunció y no recuperó la nacionalidad española; solo se exige que haya sido hijo, nieto de español  nacido en el reino de España. Un ciudadano ilegal no tributa, no trabaja formalmente, no está protegido por el sistema de salud, está al margen  agobiado por una realidad que en el siglo XXI es inmerecida.


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