España
Los comercios minoristas de hasta un máximo de 400 metros cuadrados de superficie podrán abrir sus puertas | Foto Agencias

El gobierno de España autorizó que se habilite, a partir del 11 de mayo, la fase 1 de la flexibilización de la cuarentena establecida para evitar la propagación del coronavirus. Los ciudadanos podrán hacer actividades comerciales, practicar deporte y reunirse con otras personas.

Los comercios minoristas de hasta un máximo de 400 metros cuadrados de superficie podrán abrir sus puertas, siempre y cuando no estén en centros comerciales pues estos seguirán cerrados al público. Los establecimientos deberán garantizar una distancia de dos metros entre los clientes o permitir el acceso al lugar de una sola persona.

Vuelve el contacto social pero con límites, indicó el diario El Mundo de España. Están permitidas las reuniones en grupo de hasta 10 personas tanto en domicilios como en las mesas de las terrazas de los bares. También se puede salir a hacer otras actividades como deportes, aunque cada comunidad autónoma podrá establecer por cuanto tiempo.

En cuanto a los trabajos, se pidió que en su mayoría continúen trabajando desde casa. Pero en el caso de las empresas que deban iniciar labores, podrán hacerlo garantizando a sus empleados distanciamiento o los equipos de protección necesarios.

En los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa, los probadores pueden seguir utilizándose. Pero deberá hacerse por una única persona. Después de su uso se limpiarán y desinfectarán. Si el cliente no compra la prenda probada, el establecimiento tiene que establecer medidas para higienizarla antes de volverla a poner en venta.

A partir de ahora se podrán instalar mercados al aire libre, pero la decisión última de cuáles lo harán queda en manos de los ayuntamientos.

El lugares de culto religioso abren de nuevo sus puertas. Las iglesias o las mezquitas sólo podrán congregar a un tercio de su aforo previsto. Se establecerán estrictas medidas de seguridad y distanciamiento.

En el caso de los velatorios, podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de 15 personas en espacios al aire libre o 10 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.


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