Banco de Venezuela
Foto: Cortesía

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) flexibilizó los requisitos para la apertura de cuentas bancarias en el país, con el objetivo de fortalecer la economía digital y promover el uso del bolívar.

Esta decisión responde a una orden emanada por el Ejecutivo Nacional de simplificar el proceso para que las personas naturales puedan obtener una cuenta bancaria.

Las personas naturales consideradas de nivel 1 podrán abrir una cuenta de ahorros o corriente para movilizar un máximo de 1.000 bolívares mensuales. Para ello, solo deberán presentar su cédula de identidad laminada legible, ya sea vigente o vencida, así como la dirección de su domicilio. En caso de ser extranjero, debe contar con su pasaporte legible.

Para la apertura de una cuenta de ahorros o corriente de nivel 2, en la que las personas naturales podrán movilizar montos mayores a los 1.000 bolívares mensuales, los solicitantes también deberán presentar los requisitos antes mencionados.

Además, en este caso tendrán que adjuntar una copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) legible y vigente del titular, certificación de ingresos (cuando se trate de personas de libre actividad económica) o una constancia de trabajo (personas bajo contrato laboral con una empresa).

En cuanto a las cuentas bancarias en moneda extranjera, se mantienen los mismos requisitos de los dos tipos de cuentas corrientes y de ahorro.

Debe tomar en cuenta que para abrir cualquier cuenta bancaria es necesaria una entrevista con el solicitante, ya sea presencial o a través de medios virtuales certificados por la Sudeban.


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