TSJ-Estado-de-Excepción
El TSJ ilegítimo también declaró como nulo cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional, presidida por Juan Guaidó, desapruebe el Decreto de Estado de Excepción | Archivo

El Tribunal Supremo de Justicia ordenó a la junta directiva de la Asamblea Nacional presidida por Luis Parra remitir un informe sobre el acto parlamentario de conformación y del quorum de la sesión en el que se proclamó como presidente del Parlamento con apoyo de la bancada chavista.

La Sala Constitucional ordenó, asimismo, que en el informe se incluyan el quorum de instalación y el de la aprobación de dicha directiva.

«Deberán soportar con copia certificada del acta y demás actuaciones vinculadas con la información requerida, so pena de incurrir en la sanción señalada en el artículo 122 ejusdem», señala la sentencia.

La junta directiva, respaldada por el oficialismo, deberá entregar este informe en el lapso de los próximos cinco días.

Amparo constitucional

La decisión de la Sala Constitucional responde a la solicitud del diputado Enrique Ochoa Antich.

El 7 de enero, el parlamentario interpuso una acción de amparo constitucional contra la Asamblea Nacional, particularmente respecto a los diputados Luis Parra, Franklyn Duarte y José Gregorio Noriega, Juan Guaidó, Juan Pablo Guanipa y Carlos Berrizbeitia.

No obstante, hasta ahora el TSJ solo ordenó a Parra, Duarte y a Noriega remitir el informe de su elección y posterior nombramiento.


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