María Corina Machado
Foto: EFE/ Miguel Gutiérrez

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó este viernes que la candidata presidencial de la principal coalición opositora, María Corina Machado, está inhabilitada para ejercer funciones públicas por un período de 15 años.

El Supremo argumentó que la solicitud de Machado no cumplía con los requisitos establecidos en el acuerdo de Barbados, firmado el año pasado entre el gobierno de Maduro y la oposición, que contemplaba la revisión de los casos de inhabilitación política por parte de la Sala Electoral.

Además, detalla que está inhabilitada por haber «sido participe de la trama de corrupción orquestada» por el exjefe del Parlamento Juán Guaidó, así como por incumplir normas venezolanas, al aceptar «la acreditación como representante alterna» de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), en un debate celebrado en 2014.

El TSJ aclaró que la sanción a la candidata de la principal coalición opositora a las presidenciales de 2024, que se conoció en junio de 2023, empezó a contar en septiembre de 2021, luego de una investigación que comenzó en 2014 y cuyo dictamen fue hecho público este viernes.

«Se ratifica la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y en consecuencia el Contralor General de la República está facultado para establecer sanciones de inhabilitación, en ese sentido la ciudadana María Corina Machado Parisca, de conformidad con la Resolución N° 01-00-0000285 de fecha 16 de septiembre de 2021 está inhabilitada por quince (15) años por estar incurso en los hechos, ha sido participe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador Juan Guaidó, que propició el bloqueo criminal a la República Bolivariana de Venezuela, así como también, el despojo descarado de las empresas y riquezas del pueblo venezolano en el extranjero, con la complicidad de gobiernos corruptos, dentro de los cuales se destacan la entrega de la empresa CITGO HOLDING, INC y CITGO PETROLEUM CORPORATION con un valor aproximado de treinta y cuatro mil millones de dólares americanos (US$ 34.000.000.000,00) a la empresa canadiense CRYSTALLEX por mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 1.500.000.000,00), lo que causó un daño al patrimonio de la Nación por treinta y dos mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 32.500.000,000,00)», señaló el tribunal.

El TSJ también ratificó este viernes que el dos veces candidato presidencial Henrique Capriles continúa inhabilitado para ocupar cargos públicos hasta 2032, lo que le impide competir en elecciones.

Declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar introducida por la defensa de Capriles contra la sanción que le impuso la Contraloría General de la República y ratificó como firme la decisión en la que se le consideró responsable por «irregularidades administrativas» ocurridas durante su período como gobernador de Miranda.

El alto tribunal informó más temprano que publicaría los fallos sobre las impugnaciones a lo largo de la tarde del viernes.

En las primeras decisiones habilitó a los dirigentes Leocenis García, un expreso y dirigente no alineado con la oposición tradicional; Richard Mardo, un exparlamentario; y el exgobernador del estado Zulia, Pablo Pérez.


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