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EFE/ Miguel Gutiérrez

Abogados solicitaron al Tribunal Supremo de Justicia, controlado por Nicolás Maduro, la nulidad de la reforma a la ley de registros y notarías, en la que se establecen los precios desproporcionados anclados al petro, creado por el gobierno chavista. Así lo informó Juan Carlos Castillo, expresidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario.

“El elemento central de la reforma de la ley es sustituir la unidad tributaria subestimada, que es un error, e incorporar al petro que, al incorporarlo y al establecer pisos y trechos en función del petro, el cálculo de los servicios en registros y notarías se incrementa exponencialmente”, dijo en una entrevista con Unión Radio.

“El petro está cifrado en divisas, se calcula en función de una cesta de recursos naturales, que se denominan commodities, pero lo más importante es que al estar cifrado en divisas hay que ver cuál es su equivalente en bolívares, con lo que, indirectamente, se produce una dolarización de los servicios públicos”, explicó.

Castillo señaló que lo máximo que pudiese cobrar el Servicio Autónomo de Registros y Notarías por las capitulaciones matrimoniales, que son para mantener la separación de los bienes durante el matrimonio, serían 3.000 dólares aproximadamente.

“Imagínense la señora que quiere otorgarle un poder al nieto para que le tramite la pensión, para que vaya a la empresa donde tiene la jubilación. Ese poder puede llegar a costar, porque todavía el Saren no ha emitido los montos en petros para estos servicios, hasta 160 dólares”, expuso.

Saren no ha emitido la providencia

Dijo que hasta ahora el Saren no ha emitido la providencia con los montos definitivos.

Las bases ya representan un aumento exorbitante que puede inhibir a los usuarios de acudir a los registros y notarías para hacer determinadas actuaciones. Si yo antes tenía un local y quería suscribir un contrato de arrendamiento notariado, yo voy a preferir no hacerlo por los costos que comporta el otorgamiento de ese poder”, señaló.

“Era necesaria una reforma de la ley porque el elemento de cálculo de las tasas que cobran los registros y las notarías estaba en Unidades Tributarias, que su valor no había sido actualizado en el tiempo. El Seniat no había reconocido los efectos de la inflación en la determinación de la Unidad Tributaria, de manera que los montos eran irrisorios y no se correspondían con el valor del servicio”, añadió.


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