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Aniversario 79 de El Nacional: el futuro es trabajar, luchar e informar. Foto: Kenny Linares

La sentencia número 81 de la Sala de Casación Civil del TSJ contra El Nacional es una nueva violación al debido proceso y es inconstitucional, denunció la Academia de Ciencias Políticas y Sociales.

La institución explicó en un comunicado que la decisión viola el Estado de derecho, el derecho a un juez natural y el derecho a la defensa y cosa juzgada debido a que, a pesar de que el TSJ utiliza la figura del avocamiento, el caso ya había sido sentenciado.

Recordó la academia que el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas ya había impuesto al periódico una sanción de 1 millardo de bolívares por “daño moral” y ahora, sin motivación ni pruebas, elevó la cantidad a más de 13 millones de dólares.

“Las razones que se invocaron no tienen conexión con la materia objeto de su conocimiento”, dice la institución.

La sentencia viola la Constitución y la Ley Orgánica del TSJ porque el avocamiento, continúa la academia, “solo procede cuando ‘se presuma violación al orden público constitucional, tanto de las otras salas como de los demás tribunales de la República, siempre que no haya recaído sentencia definitivamente firme”.

“Observa la Academia que la Sala de Casación Civil violó gravemente los límites que la Constitución y la ley le imponen a su actuación, en resguardo del principio del derecho de la defensa, la cosa juzgada y la intangibilidad de las sentencias”, agrega el comunicado.

Por último la institución considera conveniente  hacer pública su declaración e informar a la ONU y la OEA con el fin de denunciar la grave violación al Estado de derecho.

El caso se remonta a 2015, cuando el líder chavista demandó al periódico luego de reproducir una noticia del diario español ABC  que lo vinculaba, con declaraciones de su exescolta Leamsy Salazar, con negocios de narcotráfico.

Cabello también interpuso en ese momento demandas contra Tal Cual y La Patilla.

La medida del régimen realmente tiene la finalidad de expropiar de manera encubierta al periódico.

“No pudieron comprar nuestra empresa utilizando fondos públicos, no pudieron someternos mediante amenazas, atropellos y demandas de toda índole. No pudieron doblegar nuestra línea editorial”, dijo El Nacional en un mensaje publicado luego de conocerse el fallo.


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