Roberto Picón, El Nacional

El rector del Consejo Nacional Electoral (CNE) Roberto Picón rechazó este lunes el uso de la sanción de inhabilitación a aspirantes a los cargos de alcaldes y gobernadores que se elegirán el 21 de noviembre.

«Vemos con preocupación cómo vuelve a entrar en la escena política del país el uso de la sanción accesoria de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, en tiempos en que se avecina un proceso electoral», expresó Picón en un comunicado publicado en Twitter.

El rector confirmó que a Leocenis García y a Eduardo Samán, aspirantes a la alcaldía de Caracas, se les impidió formalizar su candidatura por esta sanción.

«Los ciudadanos mencionados anunciaron su intención de ejercer su derecho político al voto al postularse a un cargo de elección popular, pero fueron sorprendidos por decisiones de última hora que no les fueron debida ni oportunamente notificadas», agregó.

Picón recordó que el artículo 65 de la Constitución establece que no podrán optar a un cargo de elección popular a quienes condenen por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y que esa circunstancia prevista pretende garantizar los derechos fundamentales, como el político.

«Con tales previsiones constitucionales se apunta a brindar la mayor garantía posible para el ejercicio de los derechos ciudadanos, sin que sufran interferencia por decisiones oportunistas en sede administrativa», indicó.

Sanciones viola artículos 49 y 65 de la Constitución

El rector dijo que la exigencia de la sentencia definitiva «pretende tutelar el derecho al debido proceso, que incluye el derecho a la defensa, tanto en las actuaciones judiciales como en las actuaciones administrativas, todo esto apegado al contenido del artículo 49 de la Constitución», unos preceptos que, a su juicio, los obviaron en estos casos.

«Las inhabilitaciones políticas practicadas en estos términos mutan en su diseño constitucional de ser penas accesorias a sanciones principales por la vía de los hechos», expresó.

Explicó que a eso se suma «el agravante de que la sanción accesoria queda suspendida hasta el momento en el que el decisor juzgue conveniente activarla, dando a esa decisión discrecional un giro absolutamente inaceptable, por inconstitucional, cuyo efecto es incluso violatorio de los principios de supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales».

En ese sentido, el vicepresidente del CNE, Enrique Márquez, compartió la posición de Roberto Picón y expresó en Twitter: «El uso discrecional de la sanción accesoria de inhabilitación para ejercicio de cargos públicos quebranta derechos políticos de los ciudadanos».

El 21 de noviembre, Venezuela celebra comicios regionales y locales para escoger a los gobernadores de 23 estados y a los alcaldes de 335 municipios, así como a los representantes de los consejos legislativos.

 


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