restricciones frontera

La Asamblea Nacional (AN) oficialista investigará las denuncias sobre restricciones impuestas a transportistas venezolanos en la frontera con Colombia.

Así lo pidió Jorge Rodríguez, presidente del Parlamento, al dar instrucciones para el comienzo de las averiguaciones. La decisión se tomó luego de una denuncia hecha el pasado 13 de julio.

Fue el diputado Gustavo Rangel quien denunció la existencia de las restricciones al momento de cruzar la frontera a Colombia.

Rangel agregó que no ocurre lo mismo cuando el cruce es desde Colombia a Venezuela. También recordó los acuerdos bilaterales hechos por ambos países tras la reapertura de la frontera.

En estos acuerdos se establece que el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). Y la revisión tecno-mecánica eran los únicos requisitos para el tránsito fronterizo del transporte.

Según Rangel, estas restricciones tienen un impacto negativo en el desarrollo económico de ambos países. Aseveró que los nuevos requisitos retrasan el flujo comercial.

Estas restricciones se suman a otras dificultades que tienen los transportistas venezolanos a la hora de cruzar la frontera.

La expedición de pólizas de seguro por parte de empresas colombianas también es una preocupación de los comerciantes. Afirman que ninguna empresa colombiana expide permisos de tránsito para comerciantes particulares.

Requisitos mínimos

Por su parte, la página web del Ministerio de Transporte de Colombia establece requisitos desde el 9 de febrero de este año.

Estipulan que el transporte internacional de pasajeros hacia ese país debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Licencia de conducción.
  • Revisión técnico – mecánica.
  • Seguro obligatorio SOAT vigente.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
  • Manifiesto y/o listado de pasajeros.
  • Permiso o tarjeta de operación.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.

Los documentos admisibles para el control migratorio son:

  • Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana.
  • Permiso Especial de Permanencia (PEP)
  • Permiso de Protección Temporal (PPT)
  • Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF)
  • Por su parte, el transporte internacional de carga debe consignar lo siguiente:
  • Licencia de conducción.
  • Revisión técnico – mecánica.
  • SOAT vigente.
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
  • Manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada.
  • El vehículo y unidad de carga debe circular con sus placas en lugar visible.
  • Certificado de Habilitación.
  • Carta de Porte Internacional por carretera.

La carga deberá ser descargada y/o transbordada a los depósitos y/o almacenadoras habilitadas. Estas deben estar ubicadas en un rango no superior a veinte (20) kilómetros contados desde la frontera.

Los documentos admisibles para el control migratorio son:

  • Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana.
  • Permiso Especial de Permanencia (PEP).
  • Permiso de Protección Temporal (PPT).
  • Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

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