Reforma no garantiza que civiles no sean juzgados ante los tribunales militares
EFE/ Miguel Gutiérrez

La reciente reforma del Código Orgánico de la Justicia Militar en Venezuela no resolverá que los civiles sean juzgados ante tribunales militares, según expertos. Explicaron que ya está contemplado en la Constitución, pero se incumple sistemáticamente.

La Asamblea Nacional electa en 2020 aseguró, durante la aprobación, que ningún civil podrá ser juzgado por tribunales militares, con lo que se subsana una antigua deuda con quienes fueron sometidos a injustos juicios por esa jurisdicción.

Pero según expertos en justicia y defensa, el cambio no será la solución a un problema de fondo que no debería existir por mandato de la Carta Magna en su artículo 261, que señala que «la competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar».

Reforma innecesaria

Ali Daniels, director de la ONG Acceso a la Justicia, explicó a Efe que era innecesaria la reforma porque, además de que la Constitución ya establece cuál es el juez natural para civiles y militares, existe una sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia que reza que los tribunales militares no pueden conocer causas de civiles.

«Pero faltó -y ese creo que es el as bajo la manga que está detrás de esta reforma- que la Sala Constitucional lo confirmara; hay una sentencia ambigua que no termina de decir lo que, con toda claridad, sí ha dicho la Sala Penal«, indicó.

La presidenta de la ONG Acceso a la Justicia y abogada experta en temas militares, Rocío San Miguel, indicó asimismo que no se abordan los graves problemas de fondo del texto legal, que vienen arrastrándose desde hace más de un siglo en Venezuela.

Sin independencia

La reforma fue aprobada, junto a cuatro más, en apenas dos sesiones, y todas están enmarcadas en la llamada revolución judicial que impulsó el gobierno de Nicolás Maduro en junio, para hacer cambios en el sistema.

La misma semana en la que se aprobaron estas modificaciones, la Misión de Determinación de Hechos de la ONU para Venezuela publicó su segundo informe en el que concluyó que el Poder Judicial del país carece de independencia.

La misión considera que hay motivos razonables para creer que políticos oficialistas venezolanos de alto nivel han influido significativamente en el Poder Judicial de la nación.

«Jueces y juezas a todos los niveles reciben habitualmente órdenes sobre cómo decidir las sentencias, a veces procedentes directamente de altas esferas del gobierno y canalizadas a través de la Presidencia del Tribunal Supremo», señaló.

Diosdado Cabello, diputado electo en 2020, afirmó que el objetivo es el saneamiento del sistema judicial y que detectaron casos de denegación de justicia, ensañamiento y corrupción terrible.

Para San Miguel, con estas reformas exprés, el Estado busca «lavarse la cara» ante la vigilancia internacional, por las violaciones de derechos humanos que han cometido dentro de la aplicación de la justicia militar.

En su opinión, en la reforma dejaron pendientes varios tópicos, como la prohibición expresa para la Justicia Militar de investigar y juzgar violaciones a derechos humanos cometidas por militares y comprender los crímenes de guerra como delitos de función militar.

Daniels señaló que no se mejora el fondo del asunto, porque, además, con la reforma a la Ley de la Fuerza Armada Nacional en 2020 por asamblea nacional constituyente, se estableció que el Ejecutivo es el que designa a jueces en tribunales militares, violando el principio de separación de poderes.

Aumento exponencial

El activista expuso que el uso de tribunales militares para procesar a civiles data de la década que empezó en 1960, pero aseguró que ha habido un aumento exponencial de procesados desde que Luisa Ortega Díaz se separó del chavismo en 2017.

«El no poder contar con la Fiscalía como elemento de represión es lo que llevó al gobierno a esto y ahora, como volvió a retomar el control de la Fiscalía, entonces los tribunales militares no tienen uso. Pero, ojo, hay casos donde el gobierno los necesita, como por ejemplo con los sindicalistas», indicó.

Recordó que, el año pasado, el sindicalista Rubén González fue sentenciado por un tribunal militar a nueve años de prisión, tras exigir reivindicaciones laborales. Posteriormente recibió indulto.

Igualmente, San Miguel destacó que hay contradicciones en la reforma, porque establece que los consejos de guerra seguirán conociendo todas las causas que se sigan a civiles sometidos a la jurisdicción militar y de civiles por delitos cometidos en el exterior.

Según el último informe de la ONG venezolana Foro Penal, publicado en julio, 872 civiles han sido procesados por tribunales militares.

Y el de la Misión de Determinación de Hechos indicó que en 85% de detenciones examinadas que dieron lugar a audiencias en tribunales militares, 82% fueron llevadas ante el Juez Primero de Control Militar y el Juez Tercero de Control Militar de Caracas.


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