venezolanos

Desde el 18 de octubre los ciudadanos pueden aplicar al nuevo proceso migratorio para venezolanos conocido como Permiso Humanitario o de Beneficio Público Significativo para personas que están fuera de Estados Unidos, un mecanismo solo permitirá el ingreso de 24.000 connacionales.

En primer lugar, los venezolanos deben contar con un patrocinador quien será el encargado de llenar un formulario I-134, que será evaluado por esta agencia del Departamento de Seguridad Nacional para aprobarlo o no.

Es el patrocinador quien debe hacer la solicitud, es decir, ningún beneficiario podrá solicitar el beneficio. Esto de acuerdo con los requisitos publicados en la web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

En el formulario I-134 el patrocinador incluye información sobre los beneficiarios y detalles de contacto, como la dirección de correo electrónico.

Si el gobierno considera que el Formulario I-134 es suficiente le enviará al beneficiario información sobre el siguiente paso en el proceso para ser considerado para la autorización para viajar a Estados Unidos y para el permiso de permanencia temporal en un puerto de entrada aéreo.

Las autoridades también examinarán al patrocinador para asegurarse de que es capaz de mantener económicamente al beneficiario venezolano. De ser aprobado, recibirá un correo electrónico de parte de USCIS sobre cómo crear una cuenta myUSCIS e instrucciones sobre los próximos pasos.

El beneficiario deberá confirmar su información biográfica en myUSCIS y certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad. También deberán confirmar que cumplen con los requisitos de salud pública, incluidos los de vacunación.

Tras completar la información requerida, el beneficiario recibirá instrucciones a través de myUSCIS sobre cómo acceder a la aplicación móvil CBP One, donde tiene que ingresar la información biográfica y proporcionar una foto.

Después de enviar la petición a CBP One el beneficiario recibirá una notificación en su cuenta myUSCIS que confirmará si CBP les proporcionará una autorización adelantada para viajar a Estados Unidos para buscar obtener el permiso de permanencia temporal discrecional otorgado caso por caso.

La autorización de viaje es válida por 90 días.

Cabe destacar que aprobación de la autorización no garantiza la entrada o que se le otorgará permiso de permanencia temporal al llegar a un puerto de entrada, pues el ciudadano deberá justificar que realizó la solicitud por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.

Cuando un beneficiario llega a un puerto de entrada, las autoridades lo inspeccionarán y lo considerarán para el permiso de permanencia temporal discrecional, según cada caso individual.

¿Quiénes pueden solicitar el permiso?

El nuevo proceso migratorio puede ser solicitado por un nacional venezolano, o su familiar inmediato, que está fuera de los Estados Unidos.

Los familiares inmediatos de los venezolanos en este proceso incluyen al cónyuge o pareja de hecho de un nacional de Venezuela y a los hijos solteros menores de 21 años.

Si un hijo es menor de 18 años, debe viajar con un padre o tutor legal para poder utilizar este proceso.

Los venezolanos deben contar con un pasaporte válido para ingresar a Estados Unidos, y proporcionar su propio viaje comercial a un aeropuerto de dicho país. Tampoco puede ser residente permanente o tener doble nacionalidad de cualquier país que no sea Venezuela, y no tener actualmente estatus de refugiado en cualquier otra nación.

Quienes opten por el proceso no pueden hacer sido deportados de Estados Unidos en los últimos cinco años ni estar sujeto a un veto basado en una orden de remoción anterior; ni tampoco haber cruzado de manera irregular después del 19 de octubre de 2022 o haber cruzado las fronteras mexicanas o panameñas de manera ilegal después de esa fecha.

¿Quiénes pueden ser patrocinantes?

Los patrocinantes deben tener un estatus legal en los Estados Unidos, ser una persona en libertad condicional, beneficiaria de la acción diferida o de la salida forzada diferida (DED) que ha pasado la investigación de seguridad y de antecedentes y ha demostrado tener suficientes recursos financieros para recibir, mantener y apoyar a las personas a las que se compromete a apoyar durante su estancia en los Estados Unidos.

Entre los ejemplos de personas que cumplen el requisito de apoyo se incluyen:

  • Ciudadanos y nacionales de Estados Unidos
  • Residentes permanentes legales, residentes temporales legales y residentes permanentes condicionales.
  • Los no migrantes con estatus legal (que mantienen su estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones de su estatus de no inmigrante); asilados, refugiados y personas en libertad condicional.
  • Los titulares del Estatus de Protección Temporal (TPS).
  • Beneficiarios de la acción diferida DACA.
  • Una organización o empresa también puede ser patrocinante.
  • Las organizaciones ajenas del gobierno federal pueden ayudar a los posibles partidarios y beneficiarios a prepararse para este proceso.

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