cárceles en Venezuela / Comunidad Penitenciaria Fénix
Foto: Archivo

De 104 privados de libertad fallecidos en las cárceles de Venezuela durante 2019, 66 murieron por enfermedades relacionadas con desnutrición. Así lo informó este martes Carolina Girón, directora del Observatorio Venezolano de Presiones, durante la presentación del informe 2019 sobre la situación carcelaria en el país.

«En el país, las cárceles tienen un hacinamiento de 167,66%. Este problema desencadena enfermedades como la tuberculosis y la escoliosis. Aunado con la desnutrición severa en la que viven los privados de libertad en Venezuela, la mortalidad por razones de salubridad sigue en aumento», sostuvo.

En el informe presentado por la OVP se compararon cifras de fallecidos por causas de salubridad desde 2017. Ese año, de 143 privados de libertad fallecidos, 28 murieron por enfermedades prevenibles. Para 2018, de 291 muertes, 40 fueron causadas por falta de atención médica.

«Si bien las muertes totales disminuyeron, el aumento de las muertes causadas por enfermedades relacionadas con la desnutrición es palpable. 63,46% de las muertes en 2019 estuvieron relacionadas con falta de tratamientos, alimentos y cuidados no otorgados por el Estado», señaló.

Retardo procesal

La directora del OVP explicó que en los últimos tres años la población carcelaria en el país disminuyó. De 57.539 privados de libertad que había en 2017 bajó a 43.992 presos para 2019. Sin embargo, el hacinamiento persiste.

Asimismo, Girón denunció que 61% de los privados de libertad en las cárceles de Venezuela aún están bajo un proceso penal no concluido; es decir, no se ha determinado su culpabilidad a través de una sentencia definitivamente firme.

«Más de la mitad de la población reclusa en el país no está condenada por un juez. Hablamos de 26.981 privados de libertad en Venezuela aún sujetos a un proceso penal que no ha concluido con una condena debido al retardo procesal», indicó Girón.

Manifestó que la responsabilidad del retardo procesal corresponde directamente al Ministerio de Asuntos Penitenciarios, desde donde se entorpecen los trámites ante los tribunales penales. Y en segundo lugar al Ministerio Público, que no vela por el cumplimiento del debido proceso.

Cambio de sedes

De acuerdo con Girón, la baja en la cantidad de reclusos en los centros penitenciarios no debe ser visto como una disminución total, porque el número de los privados de libertad en los calabozos sigue en aumento. Actualmente 37.000 personas están privadas de su libertad en calabozos policiales, precisó la directora del OVP.

Puntualizó que aproximadamente 80.000 personas están privadas de libertad en Venezuela, entre calabozos policiales y centros penitenciarios.

Incumplimiento del Estado

Por otro lado, el OVP denunció, nuevamente, la falta de voluntad política del Estado para cumplir con las recomendaciones de los órganos de los sistemas de protección internacional de derechos humanos.

Señaló que desde 2006, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha emitido siete medidas provisionales para los privados de libertad en ocho cárceles del país.

«Las medidas dictadas por la Corte Interamericana no han sido cumplidas por el Estado venezolano. Esto no solo evidencia la falta de voluntad política por parte del gobierno para hacerlas efectivas; también habla de la falta de preparación e incapacidad del Estado ante el tema penitenciario», señaló Girón.

Situación de las mujeres

Las privadas de libertad constituyen 6% del total de la población penitenciaria del país. Al igual que ocurre con la población masculina, en los centros de reclusión femeninos hay hacinamiento, enfermedades.

Actualmente hay 2.526 mujeres privadas de libertad, distribuidas en 17 espacios en el país. El nivel de hacinamiento en estos centros es de 15%. Solo existen plazas para 2.145 reclusas en Venezuela.

«No existe una atención adecuada para las mujeres dentro de los centros penitenciarios. Hay muchas que viven con sus hijos dentro de las cárceles, niños y niñas que cumplen prácticamente una pena debido a la falta de aplicación de los proceso judiciales», señaló Girón.

En los centros penitenciarios de mujeres no se les provee de insumos sanitarios y de cuidado higiénico requeridos, por ejemplo, toallas sanitarias, especificó la directora del OVP.

Las recomendaciones

El OVP formuló recomendaciones a partir de las garantías establecidas en el artículo 272 de la Constitución a efectos del ejercicio pleno de los derechos humanos de los privados de libertad en Venezuela.

Solicitó que se incremente el personal con credenciales académicas de seguridad, técnico profesional y administrativo.

Instó al Estado a impulsar el proceso de clasificación de la población reclusa, así como separar las categorías de penados y procesados, y los reincidentes de los primarios.

«Incrementar el presupuesto para alimentación de la población reclusa a fin de que esta reúna las 2.800 calorías diarias», recomienda el OVP.

El OVP propuso que se cree un equipo interinstitucional para resolver el retardo procesal. Además, que se fortalezca el programa pospenitenciario para la debida reinserción social.

«Incrementar el número de médicos y enfermeros para atención de los reclusos y funcionarios. Dotar de insumos médicos los servicios de enfermería dentro de los recintos penitenciarios para poder proporcionar una atención médica primaria idónea, e incrementar la flota de transporte para un debido proceso», dice el informe.

 


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