Consejo Superior Democracia Cristiana
Foto Archivo

El Consejo Superior de la Democracia Cristiana emitió un comunicado este jueves 30 de diciembre para fijar posición sobre el Proyecto de Reforma del Estatuto para la Transición. El proyecto se aprobó en primera discusión por la Asamblea Nacional electa en 2015 y se someterá a una segunda discusión este jueves 30 de diciembre.

En el texto recuerdan que el objeto del Estatuto original fue el lograr el cese de la usurpación, establecer un gobierno de transición y realizar elecciones libres. Un propósito que no puede cambiarse por proyecto de reforma.

“Esa finalidad no puede cambiarse como lo pretende la reforma propuesta al asignarle a la transición como cometido preferente a uno subsidiario: que el presidente interino se ocupe de los juicios pendientes como consecuencia del manejo de los activos y dineros del Estado sustraídos a la dictadura, todo ello bajo la dirección de la Asamblea”, explican.

Por ello, consideran que modificar el artículo 15 del Estatuto de Transición debilita la atribución de poderes que el artículo 236 de la Constitución le otorga al presidente encargado. Si la Asamblea Nacional aprueba este artículo 15 modificado, estaría, a su juicio, desconociendo y violando la Constitución.

“Además, reduce al presidente interino a una especie de funcionario encargado de las decisiones que desee tomar la Comisión Delegado; no existe entonces separación de poderes, ni presidente encargado porque la Asamblea Nacional lo ha despojado de todos los poderes”, afirman.

Separación de poderes

El Consejo Superior de la Democracia Cristiana explica en el texto que si la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional asume funciones ejecutivas y administrativas, se violaría la Constitución. Dichas funciones son una competencia de la presidencia de la República y supondrían, además, un abandono del principio de la Separación de los Poderes Públicos.

“Constituye una abierta violación del principio de la separación de poderes el trasladar a la Asamblea Nacional el control de Citgo y de otros activos a través de juntas administradoras designadas por esta. Debe recordarse que la Asamblea Nacional es una instancia de legislación, deliberación y control y en ningún caso puede asumir competencias que corresponden constitucionalmente al Poder Ejecutivo”, aseveran.

Guaidó como presidente interino

Juan Guaidó, recuerdan en el texto, fue reconocido internacionalmente como presidente encargado, por lo cual es él quien debe conducir las relaciones internacionales de Venezuela.  “Transferir el ejercicio de la representación internacional a la Asamblea Nacional, además de violar la Constitución, contradice esos precedentes. También crea riesgos graves para la protección de activos, en especial en lo que respecta a la representación legal ejercida por las citadas juntas administradoras”, explican.

Añaden: “De aprobarse el proyecto de reforma, al término, quedará muerto el interinato. Más grave aún, la transición y su finalidad sustantiva: restablecer la constitucionalidad y la democracia, a partir de la Constitución”.

“Se ratifica una vez más el llamado a la Asamblea Nacional para que actúe en función del interés colectivo, de la unidad, de la defensa de las libertades y del rescate de la democracia. Les exhorta a superar las pugnas sectarias que pueden frustrar el éxito del proceso de transición democrática que Venezuela necesita”, concluyen.


El periodismo independiente necesita del apoyo de sus lectores para continuar y garantizar que las noticias incómodas que no quieren que leas, sigan estando a tu alcance. ¡Hoy, con tu apoyo, seguiremos trabajando arduamente por un periodismo libre de censuras!