La carta magna de 1961 fue sancionada con el voto favorable de las diferentes Legislaturas de los Estados asumiendo el Congreso de la República la función de Asamblea Constituyente, sancionada el 23 de enero de 1961 e instruida su ejecución por el presidente de ls República, Rómulo Betancourt, el mismo día, siendo publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria Nº 662 de la misma fecha, sustituyendo la Constitución de 1953, que fue sancionada por la Asamblea Constituyente el 11 de abril de 1953, mandada a ejecutar por el presidente Marcos Peréz Jiménez el 15 de abril del mismo año. La de 1999 es una Constitución espuria, nace de un gran fraude, porque se estableció mediante un procedimiento no establecido en la vigente Constitución de 1961 que estipulaba, exclusiva y excluyentemente como formas de modificación la enmienda y la reforma; caso contrario, se blindaba con el artículo 250, aún pendiente de aplicación.

Desafortunadamente, estos devaneos constitucionales se remontan al nacimiento mismo de la República. Cito in extenso el libro Bolívar, Libertador de América, de Marie Arana (2020), por ser ilustrativo a este respecto:

Es necesario pasearnos por esos momentos históricos.

 “A pesar de la fragilidad del orador (Bolívar), fue un discurso emotivo; lo remató con gesto triunfal al anunciar que en el plazo de seis meses se llevaría a cabo en Ocaña una asamblea constituyente para decidir los temas controvertidos. El anuncio en sí era una especie de desacato, porque el Congreso de Cúcuta había dictaminado en 1821 que la Constitución sería inviolable por diez años. Contemplar el cambio de la Constitución del país antes de 1831 era subvertir todas las reglas, pero Bolívar creía que los tiempos difíciles requerían medidas extremas. Ya había planteado la posibilidad de una constituyente al llegar a Venezuela y ahora decidía llevarla a cabo, haciendo caso omiso de las reglas.

Hacía tiempo que Bolívar había pasado por encima de varias resoluciones constitucionales. El día que volvió a Colombia del Perú, tomó unilateralmente el poder en sus manos, sin molestarse en consultar con Bogotá ninguna de sus acciones. Había burlado la ley en absolver a Páez por su insurrección y convertirlo en comandante general de Venezuela. Más grave incluso: la Gran Colombia llevaba meses funcionando sin ejecutivo legítimo. Bolívar realmente ya no era presidente. Las actuaciones de Santander como vicepresidente eran ilegales. El Congreso había decretado que Bolívar tendría poderes extraordinarios hasta enero de 1827 —el término de su mandato—, después de lo cual expiraría la autoridad de ambos. La elección popular de diciembre de 1826 los había reintegrado, pero no habían jurado oficialmente su posesión. El 2 de enero, cuando se suponía que tendría lugar la ceremonia, Bolívar marchaba hacia Caracas decidido a arreglar los problemas con Páez. A falta de quórum, el Congreso no pudo reunirse para determinar el período presidencial. Por ley, en ese momento todo el poder debía haber pasado instantáneamente al presidente del Senado, el mismo funcionario de ojos brillantes que ahora estaba en la iglesia tomándole juramento al Libertador. Pero cuando a Bolívar le informaron acerca de la situación, con displicencia le indicó a Santander que asumiera el mando, y el vicepresidente, a pesar de toda su obsesión legalista, aceptó. Ansioso por mantenerse en el poder, Santander alegando que Bolívar le había cedido toda la autoridad, y luego emitió un decreto para confirmarlo. En otras palabras, el propio Santander había actuado en flagrante violación de la Constitución. Nadie podría llamarlo “el hombre de las leyes”.

Un vez tomado el juramento presidencial, Bolívar fue al palacio de gobierno, donde lo esperaba Santander. Mientras caminaba por las viejas calles adoquinadas, la multitud cubría al Libertador con una lluvia de rosas.

(omissis)

Si las leyes se hubieran considerado sacrosantas, si no hubieran predominado las pequeñas rivalidades, si Bolívar hubiera tratado a todos sus generales con el mismo rasero, tal vez habría surgido una república fuerte y unificada que forjaría un futuro diferente. Como estaban las cosas, las hostilidades eran demasiado extremas y los partidos políticos estaban demasiado cegados por pequeñeces para llegar a acuerdos”.

Constitución de 1961 vs Asamblea Constituyente / Constitución de 1999

La Constitución de 1961 establece en su artículo 246 el procedimiento para la reforma constitucional, la cual no establece la vía de la convocatoria a una constituyente, ni por supuesto, la materialización de esa constituyente, sino que por el contrario, establece taxativamente cómo se puede reformar la carta magna, excluyendo cualquier otra.

Tanto es así que si ello se violaba se remitía al artículo 250, el cual dispone expresamente: «Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o fuere derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone» (subrayado mío). Chávez Frías y sus asesores entendían que no lograrían el llamado a una constituyente con la aplicación de la normativa constitucional, ya que esta la excluía. Había entonces que saltársela y lo hicieron apoyándose en una absoluta demagogia. Manipularon al colectivo amparados por una infeliz sentencia de la Sala Política Administrativa de la extinta Corte Suprema de Justicia, producto más de la complacencia y del miedo al poder de turno que al apego a la propia Constitución y a la ley. En alguna forma los magistrados anunciaban: «Con usted hasta la ignominia».

Tan viciado estaba el acto, que ese sentir del colectivo de rechazo produjo que solamente 32,94% del electorado votara en el referéndum convocatorio de la Constituyente y aprobatorio de sus bases y, en el referéndum aprobatorio de la Constitución, solo 30,18%; de esa forma nuestro derecho constitucional se trastocó. Y dio inicio a la serie de violaciones que no han parado hasta el presente.

Quienes manipularon esta situación, unos por interés otros por avenencias, no entendían que cuando el propio gobierno es quien viola la Constitución, aún avalado por el órgano jurisdiccional, el pueblo no tendrá ningún respeto a la ley, de esa forma comienza a construirse la anarquía y el conflicto. Conflicto que en otros pueblos ha terminado en una guerra civil y por supuesto termina llevándose a sus gobernantes por haber jugado perversamente con el pueblo y con la moral de los militares. La historia se repite, comienzan los gobernantes diciendo: «Me reconozco obligado por la ley, pero yo hago la ley».

Así son los preámbulos de las autocracias y de las dictaduras de cualquier tipo, pero cuando el sol se les pone a la espalda, en su ocaso, terminan sucumbiendo a la propia ira popular. El mejor ejemplo lo tenemos con Benito Mussolini, quien antes de finalizar la Segunda Guerra Mundial fue fusilado sin juicio previo y expuesto su cadáver al escarnio público. Es conveniente citar lo que escribió François-René de Chateaubriand en sus Memorias de ultratumba, comenzadas en 1811 y terminadas en 1841, cuando comparaba un demócrata con un autócrata: «La República de Washington subsiste y el Imperio de Bonaparte ha caído. Washington y Bonaparte salieron del seno de la democracia, el primero le fue fiel; el segundo le hizo traición».

En Los demonios de la democracia, Ramón Escovar Salom señala: «La Corte Suprema ha sido un ambiente de modorra intelectual, de pereza jurisdiccional, de atraso cultural. Salvo excepciones señeras en diferentes épocas, allí siempre fue sedentaria la imaginación jurídica… Esta vez despertó la Corte pero con mal pie. Se dejó llevar por sus hábitos históricos de complacencia con el poder y le entregó las llaves de la legitimidad al nuevo caudillo» (Pág. 37, edición 2006). «Se comenzó a configurar uno de los mas grandes y completos golpes de Estado en la historia del mundo. Se derrumbó una Constitución con un acto ilegítimo y también ilegal, estimulado por el poder jurisdiccional, es decir, por la Corte Suprema» (Pág 38).

Más adelante expresa: «Cuando el presidente Chávez se juramenta ante una `moribunda’ Constitución, en el fondo reproducía el espíritu de la Corte Suprema. Pero ese juramento tal como se pronunció no ha debido ser aceptado por el Congreso allí presente, el cual asistió de pie a sus propios funerales sin una protesta, sin una reserva. Redactó su epitafio y de esta manera llegó al fin la utopía republicana que venía respirando desde 1961».

Como son las cosas de la historia, esa victoria pírrica de Hugo Chávez Frías lo hizo más insolente y altanero, orgullo vano. Alcanzaron la nueva Constitución por el camino falso, desfiguraron el concepto democrático y trataron de otorgarle con la sentencia citada una sustentabilidad. Esa sentencia, violatoria del texto constitucional de 1961 no puede desconocer la norma constitucional, por lo cual la propia sentencia está viciada de nulidad absoluta.

La Constitución de 1999 no existe, acto ab initio, es nula de nulidad absoluta, porque nació por un acto inconstitucional, inventado caprichosamente por los interesados en su vigencia para desmantelar, como lo lograron, el Estado de Derecho y el imperio de la ley.

De tal manera que el régimen ha continuado con su «golpe de Estado» durante estos 21 años de ejercicio del poder autocrático, siendo sorprendente e insólitamente cohonestado por el statu quo opositor, quienes han legitimado y legalizado el «golpe de Estado continuo» al alabar y aceptar una Constitución espuria, sin darse cuenta de que destruyeron todo lo que querían crear y crearon todo lo que querían destruir, en justa compensación de una ambición insensata.

En estas horas menguadas es bueno preguntarnos qué debemos de recapacitar sobre nuestros males, en particular los Colegios de Abogados y sus integrantes, que han mirado para otro lado para no asumir su responsabilidad al no pronunciarse sobre la bastarda Constitución. De donde vienen los prolegómenos de este artículo, es muy indicativo, el propio Libertador con su vicepresidente, tuvieron una participacion y fueron responsables al manipular la carta magna de 1821. Por ello, la única forma de acabar con los vicios de ayer y los de hoy es con la aplicación del imperio de la ley sin impunidad —dura lex sed lex—, y para ello es obligatorio a pesar de la tragedia de estos 21 años, que una vez que salgamos de este régimen regresar a la vigencia de la carta magna de 1961 para sentar de una vez el precedente para las nuevas generaciones y venideros gobernantes, que la Constitución es sagrada, que no se puede violar y que esta, como la madre de las leyes en la pirámide kelseniana, seguirá vigente y evolucionará de acuerdo con las reformas y enmiendas que se le hagan para adaptarla a la modernidad.

No podemos continuar en “bochinche, bochinche y más bochinche”.


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