De las cinco preguntas del referéndum consultivo sobre el Esequibo convocado por el régimen venezolano, la número tres merece la máxima atención de quienes han decidido votar el 3 de diciembre.

Para Nicolás Maduro y su combo todo se resuelve sencilla y «patrióticamente» marcando sí en cada una de las cinco preguntas. Un «tubo» que expresa la conducta simplista de estos gobernantes que solo aprecian la sumisión.  Nunca la diversidad de opiniones y la confrontación necesaria de una sociedad plural.

Héctor Faúndez, que ocupa el Sillón 34 de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, profesor universitario, autor de una importante obra en el campo del derecho internacional público y articulista de El Nacional, ha abordado en este artículo las “enmarañadas” preguntas del referéndum sobre el Esequibo que se le presentan a los ciudadanos.

La pregunta tres, que ocupa la atención en esta nota, dice así:

¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?

Antes de responderla, hay que hacer varias consideraciones: la primera es que parte del supuesto de que todo venezolano en edad de votar sabe que la “posición histórica” de Venezuela es no reconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).  Como si un tema tan complejo de reclamación territorial es del interés diario de los ciudadanos y, aún más, de estos ciudadanos venezolanos sometidos a carencias básicas (agua, luz, salud, ingresos adecuados, seguridad) que son su foco de atención vital; la segunda es que la “posición histórica” que da por sentada la pregunta no es verdad.

Faúndez lo explica así: En 1965, durante las negociaciones en Londres, previas a la firma del Acuerdo de Ginebra, Venezuela propuso el recurso a la CIJ, el cual no fue aceptado por Inglaterra. Es decir, es lo contrario de lo que plantea de manera irresponsable e inconsistente la pregunta tres.

Inglaterra convino, escribe Faúndez, en “una fórmula que no mencionara expresamente ese recurso (de la CIJ), optando por una redacción que se refiere a ‘los medios de solución pacífica previsto en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas”. Y en ese artículo está estipulado el arreglo judicial. A esta explicación de Faúndez, se añade la exposición que hizo el canciller Ignacio Iribarren cuando presentó el Acuerdo de Ginebra al Congreso venezolano.

En el Acuerdo de Ginebra (1966), que sí defiende históricamente Venezuela, las partes  convinieron en que el secretario general de las Naciones Unidas podía escoger el recurso de la CIJ, como lo hizo. Así que en esas estamos y cualquier voto, afirmativo o negativo, no cambia esa realidad.

La pregunta es ociosa  porque ya está resuelta  de manera definitiva por la CIJ al decidir el 18 de diciembre de 2020 que tiene competencia  en la controversia de la reclamación territorial.  Venezuela incluso, como señala Ramón Escovar León, designó su juez ad hoc y sus agentes y, por tanto, aceptó la competencia de la Corte.

Este enredo jurídico supera el entendimiento de un ciudadano común. Es asunto de expertos y en Venezuela los hay muy buenos y competentes, pero no se les escucha. La CIJ va a tomar una decisión sobre la controversia que será de obligatorio cumplimiento por las partes y Venezuela tiene la posibilidad de presentar  en abril del año próximo los argumentos que respaldan el justo reclamo del territorio Esequibo. ¿Se estará preparando para esa cita crucial?

El referéndum no es una respuesta ni lógica ni valedera. Quienes vayan a votar el 3D pueden marcar un NO sin duda alguna en esa insólita pregunta.


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