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Antonio Varela, un militar de mi generación, se ha dedicado, con pasión y patriotismo, a dirigirle enjundiosos documentos a distintos organismos del Estado, en particular al Tribunal Supremo de Justicia y al Poder Ciudadano, planteándoles, con un claro razonamiento jurídico, alternativas de solución a la compleja situación política venezolana.  Lamentablemente, no ha sido escuchado. Su currículo merece valorarse: alférez mayor de la promoción José Tadeo Monagas de la Academia Militar (1963), orientó, inicialmente, su inquietud intelectual hacia las ciencias exactas obteniendo el título de ingeniero civil y militar en el Instituto Militar de Engenharia, Brasil,  y de ingeniero electricista  en la Escuela de Ingeniería de la Universidad Central de Venezuela (UCV). Al pasar al retiro, incursionó en el estudio del Derecho, obteniendo el título de abogado en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas  de la Universidad Central de Venezuela (UCV). Decidido a fortalecer su formación humanística realizó cursos de posgrado en Derecho Internacional Humanitario en la Universidad Santa María y obtuvo el doctorado en Ciencias, mención Ciencias Políticas, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela.

Antonio Varela y el coronel y doctor en Ciencias Jurídicas Ángel Alberto Bellorín denunciaron ante la Fiscalía General de la República, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Asamblea Nacional en distintos documentos, 28 de septiembre de 2007, 20 de agosto de 2013, 15 de diciembre de 2015 y 7 de junio de 2016, el fraude de ley ocurrido en el debido proceso constitucional para la designación de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. De igual manera, Antonio Varela, conjuntamente con el general de brigada y abogado Eduardo Arturo Caldera y la ciudadana Salvadora Guaraco de la ONG El Despertar Ciudadano, reiteraron ante el Ministerio Público, el 9 de octubre de 2020,  la comisión de ese fraude constitucional, así como el cometido en la designación de los rectores del Consejo Nacional Electoral, en abierta usurpación de las funciones de la Asamblea Nacional, lo cual afecta de nulidad absoluta el llamado a las  elecciones el venidero 6 de diciembre. Esos dos fraudes constitucionales pudieron realizarse ante la arbitraria decisión tomada por el TSJ de impedir que la oposición venezolana obtuviera las 2/3 partes en la Asamblea Nacional exigidas para designar a los miembros de los poderes públicos.

El número de diputados obtenido en las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015 fue de 109 para la Mesa de la Unidad Democrática, 55 para el PSUV, 3 por la Representación  Indígena, favorables a la oposición. De esta manera, la MUD obtuvo 112 votos, es decir, la mayoría calificada de la Asamblea Nacional que conforme al artículo 296 constitucional le hubiera permitido a la oposición designar a todos los miembros de los poderes públicos y hasta redactar una nueva constitución. El 29 de diciembre de 2015, Nicia Maldonado, candidata a diputada por el PSUV en el estado Amazonas, presentó un recurso contencioso electoral, con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, cuestionando el resultado de dichas elecciones. La única prueba aportada fue una comunicación telefónica en la cual Victoria Franchi, secretaria general de gobierno, discutía, con una persona desconocida, el pago de diversas cantidades de dinero a los electores para votar por candidatos opositores, prueba nula, según lo establece el Artículo 49 constitucional, al ser obtenida mediante violación del debido proceso. Esta elección de diputados del estado Amazonas nunca se repitió y se mantuvo arbitrariamente la imposibilidad para que la oposición pudiera obtener la mayoría calificada.

El liderazgo opositor decidió llamar a la abstención como respuesta a la convocatoria a las elecciones parlamentarias para el período enero 2021-enero 2026 por considerar que la arbitraria selección de los cinco rectores del Consejo Nacional Electoral por la Sala Constitucional es contraria al Estado de Derecho. El coronel  Antonio Varela cree que “esa acción aumenta las posibilidades de éxito del bando gubernamental, al permitirle ganar más fácilmente, repitiéndose las dolorosas circunstancias que rodearon el llamado a la abstención en las elecciones del año 2005”. De allí que considere que “la convocatoria a las elecciones del 6 de diciembre no debe ser reconocida ni aceptada por la oposición democrática al ser afectada de nulidad absoluta  por haber sido convocada por árbitros designados ilegítimamente”. También recomienda que el llamado de “la presidencia interina a la consulta popular con ayuda internacional para hacerla vinculante” se transforme en un referéndum consultivo, como lo establece el artículo 71 constitucional, para desconocer a los ciudadanos que, en usurpación de las funciones de la Asamblea Nacional (art 296) y en violación del principio de legalidad (art 137), designó la Sala Constitucional del TSJ como rectores del Consejo Nacional Electoral”. Tan sustentada recomendación debería ser analizada con detenimiento por la dirigencia opositora. Los méritos y la constancia del coronel Antonio Varela bien lo merecen.

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