El parole humanitario que Estados Unidos implementa para los venezolanos es el segundo creado este año, después del ucraniano. En el caso de los venezolanos, se cerró la frontera sur y se anunció un cupo de 24.000 personas para llegar a Estados Unidos, por un lapso de 2 años con permiso de trabajo.

¿Qué ocurre? La figura del parole, en términos generales, solo permite ajustes de estatus para pasar a otra condición jurídica, en el contexto de peticiones familiares. Pero, en peticiones de empleo, como certificaciones laborales, visas de interés nacional, habilidades extraordinarias, entre otras, no está prevista la opción del ajuste de estatus.

Las personas llegan por dos años, ciertamente, pero no se ha publicado cuál será su situación jurídica una vez transcurrido ese tiempo. Es decir, ¿se creará algún régimen transitorio migratorio o, por el contrario, estas personas quedarán en condición de ilegalidad y tendrán que abandonar el país?

En este sentido, de forma urgente, todos los beneficiados por el parole deberían tomar decisiones para aprovechar los dos años y encontrar un visado que les permita convertir su estadía en permanente.

Todo proceso de visado, sea a través de peticiones familiares o laborales, dura usualmente un año, o más. En términos generales, la persona deberá determinar su casuística con la asistencia de un abogado: si debe completar su proceso en Estados Unidos a través de un ajuste de estatus o tramitar por vía consular la obtención de la visa de inmigrante.

¿Qué pasa si debe tramitarse por vía consular, en el caso de Venezuela? La única Embajada de Estados Unidos que tramita visas de inmigrantes para venezolanos es la de Colombia. Y entonces, los tiempos de espera para la asignación de cita están sobrepasando con facilidad el año, sobre todo si es para peticiones de carácter laboral.

La comunidad venezolana que obtiene la figura del parole humanitario debe actuar de inmediato para iniciar un trámite migratorio permanente y evitar quedarse en Estados Unidos en condición de ilegalidad.

Obviamente, lo deseable sería un régimen transitorio para quienes ya tienen esta modalidad, pero actualmente no hay nada dicho al respecto y sería especulativo pensar en una posterior extensión o reforma.

* Héctor Benítez Cañas es abogado de inmigración en Miami. 

https://www.benmelegal.org/


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