En América Latina da la impresión de que aquel que algo fastidie corre el riesgo de que se “le restrinja la capacidad de obrar”. Pero lo que más llama la atención, es que la causa de la restricción no es porque el restringido sea débil de entendimiento, sordomudo, ciego de nacimiento o que hubiese perdido la vista durante la infancia. Ni tampoco, por ejemplo, en el caso de Venezuela, que el sancionado sea la persona que hace o dice cosas inoportunas” (“gafo” para los venezolanos y dominicanos). Opuestamente, el castigado es el que dice bastantes cosas importantes.

Una abundante categorización de las inhabilitaciones suele mencionarse: absoluta, especial, para empleo o cargo público, profesión, oficio, industria o comercio, obtener subvenciones del gobierno y gozar de beneficios fiscales o de seguridad social. Se lee, asimismo, que la inhabilitación puede ser absoluta. No es desacertado esgrimir, también, a la falta de habilidad, talento o instrucción, o sea, a “la inhabilidad”, palabra a la que se acude en lo que a la política se refiere para descalificar al contrincante y con más frecuencia de que la que se cree, pues en la actividad del político brilla el no poseer oficio, ni profesión definidos. Máxima que golpea “al arte y ciencia de gobernar” con respecto a los países del subdesarrollo, en pleno siglo XXI, un montón.

En estrados, como se comenta, el juez está legitimado para derogar la inhabilitación, declarando que la persona es hábil para manejar sus negocios. ¿El problema?, encontrar al magistrado. Y ello, lamentablemente, en unos cuantos países.

The media se ha referido al tema de “la inhabilitación, con ocasión de la que se ha impuesto en Venezuela a María Corina Machado, una de las candidatas con mayor opción para competir contra el del gobierno en las elecciones presidenciales en 2024. La joven dama, como también refiere la prensa, es una de las precandidatas más populares del país, presagiándose que sería escogida en elecciones primarias en octubre del presente año, compitiendo con más de una docena de aspirantes, evidencia de la exagerada polarización que confronta el país sureño. Henrique Capriles, quien ya fuera candidato presidencial contra Nicolás Maduro calificó la providencia como “inconstitucional, infundada y vergonzosa”. Y denuncia el carácter antidemocrático del gobierno, adicionando que “no van a lograr quitarle a los venezolanos la esperanza de un cambio para tener un mejor país (BBC News Mundo, 30 junio de 2023).

Tres destacados juristas se han pronunciado, asimismo, en lo relativo a la inconstitucionalidad de la precitada inhabilitación: Allan Brewer Carías afirma que se trata de una sanción inconstitucional, pues atenta contra el ejercicio de la ciudadanía y el derecho a ser electo, cuyas restricciones pueden establecerse solo por ley y “por razones de condena, por juez competente, en proceso penal”, lo que excluye absolutamente toda restricción por vía administrativa, como la que en Venezuela se ha atribuido inconstitucionalmente el contralor general de la República. Román Duque Corredor, otro de los juristas, sostiene: “Es nula la inhabilitación contra María Corina Machado, por haber sido dictada por autoridad manifiestamente incompetente y con presidencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido. Y la doctora Blanca Rosa Mármol, para quien “las inhabilitaciones políticas solo pueden derivar de una condena penal y de que la persona haya sido sometida a presidio. Alguien, particularmente, incrédulo, tal vez se sienta frustrado ante la convicción de que argumentos tan objetivos pernocten en la palestra de la opinión pública, ante la ausencia de autoridad judicial capaz de aplicar la ley. Lo formal que hace tanta falta para controlar el ejercicio del poder público, incompatible con regímenes políticos atípicos, hoy la mayoría de norte a sur y de este a oeste en América Latina y otras más cuantas latitudes. La crisis de la humanidad y el mundo alborotado que distinguen a parte considerable del siglo pasado y prosiguen, hasta con mayor intensidad, en el presente.

A las consideraciones de los tres mencionados juristas ha de agregarse el pronunciamiento de IDEA, bajo la coordinación de otro venezolano de la sapienza, Asdrúbal Aguiar, cuyo párrafo determinante reza: “La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia de 8 de julio de 2020, ha reiterado su doctrina obligante para los Estados que reza así: ‘En tanto la destitución e inhabilitación solo puede ser impuesta por un juez competente previa condena en proceso penal, la Corte advierte en este caso una violación del principio de jurisdiccionalidad. Esto es así puesto que la sanción contra el señor Petro fue ordenada por una autoridad de naturaleza administrativa que, de conformidad con las disposiciones del artículo 23.2 de la Convención en los términos desarrollados por la jurisprudencia de este Tribunal, carece de competencia al respecto’. As a matter of opinion llama la atención, igualmente, el ensayo del académico Genaro Mosquera “Primarias, inhabilitación y opinión pública”, en el sentido de que dada la seriedad de “la encuestología”, por qué no adelantar un conteo formal de la poderosa fuerza de la comunidad venezolana, hoy más que nunca en ebullición. Su medición seria pasaría a ser una primaria propiamente dicha. Da la impresión de que el profesor Mosquera como que tiene dudas de la homogeneidad y rumbo de la oposición, nada útil en la lucha democrática. Adicionemos, asimismo, que para la destacada periodista Carolina Jaimes Branger, en los regímenes políticos autoritarios, mediante las inhabilitaciones políticas se limita la participación en la vida pública, con lamentables consecuencias para la democracia.

En el interesante libro Cómo mueren las democracias, los profesores Steven Levitsky y Daniel Ziblatty afirman que cuando la oposición se apunta al juego sucio brinda al gobierno una justificación para adoptar medidas enérgicas. Y prosiguen: Así sucedió en Venezuela con Hugo Chávez, cuyos discursos los primeros años fueron democráticos, pero su discurso populista aterraba a la oposición. Temerosos de que condujera al país hacia un socialismo al estilo cubano, intentaron deponerlo y por todos los medios. En abril de 2002 respaldaron un golpe militar que no solo fracasó, sino que, además, destruyó la imagen de aquella como demócrata. Las fuerzas contrarias a Chávez boicotearon las elecciones legislativas de 2005, lo cual permitió a los chavistas hacerse con el control del Congreso. Una sumatoria de errores que indujeron a Hugo a purgar al Ejército, la policía y los tribunales. Debilitada y desacreditada, la oposición no estuvo en disposición de frenar la caída del régimen en el autoritarismo.

¿Estaremos ahora iguales? Una buena pregunta.

Finalmente, pudiéramos concluir expresando que en Venezuela, después de un largo tiempo con un régimen atípico, todo puede suceder. Y guardando relación con el comienzo de este ensayo, “la inhabilitación” goza del privilegio de poderse utilizar como “verbo, adjetivo, adverbio, sustantivo” y cualesquiera otra fórmula gramatical. Eso sí, la consecuencia será la misma, o sea, “el ejercicio omnímodo del poder”.

Comentarios, bienvenidos.

@LuisBGuerra


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