La situación política en el país, la persecución que ha desatado reiteradamente el gobierno, más en estos momentos de angustia electoral, cuando se sienten derrotados y sin salida, se agrava por la negativa de Maduro de otorgar el salvoconducto en favor de los dirigentes políticos cercanos a María Corina Machado, del partido Vente Venezuela, que han solicitado asilo en la embajada de Argentina en Caracas y a quienes ese gobierno les otorgó tal condición.

Los dirigentes asilados son Claudia Macero, Pedro Urruchurtu, Magali Meda, Humberto Villalobos, Omar González y Fernando Martínez Mottola. Todos con responsabilidades importantes en la campaña electoral para los comicios del 28 de julio.

El asilo diplomático es una figura esencialmente latinoamericana que está regulada en la Convención de Caracas de 1954 que recoge en gran medida la Convención de La Habana de 1928 y la práctica de los Estados, la doctrina y la jurisprudencia internacionales. El compromiso asumido por los Estados latinoamericanos es proteger a los políticos o disidentes perseguidos por gobiernos dictatoriales que violan los derechos humanos y las libertades fundamentales.

La concesión del asilo es una facultad del Estado receptor aunque, como lo señala el articulo II de la Convención de Caracas, dicho Estado “no está obligado a otorgarlo ni a declarar por que lo niega”. El asilo está limitado a los perseguidos políticos, lo que excluye a delincuentes u otros que de alguna manera pretenden escapar de la justicia por la comisión de delitos comunes. El Estado territorial debe actuar de buena fe y negar el asilo a los delincuentes o personas procesadas por un delito común, lo que no hizo México al recibir al exvicepresidente de Correa Jorge Glas en su embajada en Quito y otorgarle el asilo diplomático cuando estaba impedido de ello.

El gobierno del Estado de asilo, Argentina en este caso, puede exigir al gobierno del Estado territorial, Venezuela en este caso, que el asilado sea retirado del país, para lo cual deberá otorgar un salvoconducto y las garantías necesarias para que esa o esas personas puedan salir sin ser detenidas hasta que se encuentren fuera del Estado territorial, que está obligado a dar inmediatamente, salvo caso de fuerza mayor, las garantías necesarias y el salvoconducto correspondiente. Eso no la ha hecho Venezuela al negar otorgárselo a los políticos asilados en la Embajada de Argentina.

Una vez más nos encontramos ante las arbitrariedades y las acciones contrarias al derecho internacional de un gobierno que se mueve al margen de la ley. El gobierno de Javier Milei habría anunciado que introducirá una demanda ante la Corte Internacional de Justicia para que el órgano judicial de Naciones Unidas considere el caso y determine que Venezuela ha incumplido sus obligaciones internacionales y que debe en consecuencia otorgar el salvoconducto.


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