Muchos pensaron que en Venezuela el teletrabajo podía ser una solución expedita y eficaz para apalear la grave crisis económica que se avecinaba producto de la pandemia. También fue visto como la mejor solución para la transformación de las relaciones laborales.   Todo este sueño efímero comenzó a partir del 13 de marzo de 2020, fecha en la cual se declaró el Estado de Excepción de Alarma en todo el territorio nacional, establecido por Decreto Nº 4.160, que se fundamenta en las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos, suspendiendo las actividades laborales, con limitadas excepción, salvo aquellas que pudieran desarrollarse bajo la modalidad de teletrabajo.

Si bien el teletrabajo en nuestro país pareciera una figura moderna o un esnobismo, la realidad es que existe desde hace más de una década y la doctrina lo estudia desde hace 20 años. La dinámica general y estilo de vida del venezolano no han dejado que el teletrabajo tome un auge o la importancia que pudiera tener en otros países. La deficiencia de los servicios públicos (Internet, telefonía, agua, electricidad), la personalidad sociable del venezolano, entre muchas otras características, traían como consecuencia que salir a trabajar fuese la solución más práctica y utilizada.

Actualmente, por gusto o por obligación, muchos han intentado migrar al teletrabajo, modalidad que al inicio de la cuarentena arrancó con mucha fuerza y entusiasmo. Sin embargo, con el pasar de la cuarentena, el encierro comenzó hacer estragos, sumado al hecho de que todos los miembros de la familia se mantienen compartiendo y conviviendo en los mismos espacios. El ruido, las distracciones, la falta de herramientas o áreas cómodas para el trabajo han disminuido la efectividad, la eficacia, la proactividad y el desempeño en la realización de las tareas habituales en la prestación de servicio bajo relación de dependencia, además de que un gran número de personas se encuentran realizando “sus propios  emprendimientos” para obtener más ingresos, como por ejemplo: elaboración y venta de tortas, dulces, panes, etc., tareas estas que reducen el tiempo y la atención debida para realizar correctamente los trabajos encomendados por sus empleadores habituales.

Por tal motivo, nos hemos preguntado: ¿quién está obligado a generar las normas que regulen el teletrabajo? En muchos foros, reuniones y conferencias, hemos encontrado distintas respuestas; sin embargo, consideramos que el Estado es el principal responsable de normar esta figura o forma de prestación de servicio, siempre que se agote la consulta tripartita, es decir, que se cuente con la participación de la representación empresarial, de los trabajadores y del propio Estado, para crear unas normas generales que permitan modificaciones y mejoras por parte de las entidades de trabajo y los trabajadores,  con el propósito de hacerlas perdurables en el tiempo.

En virtud de que hasta ahora no existe una ley especial que regule el teletrabajo, lo más recomendable es que cada entidad de trabajo establezca y formalice de manera escrita sus normas internas dirigidas a regular las relaciones con sus trabajadores,  siempre dentro del marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela;  la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; y la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat).

Lo más importante para aumentar la efectividad de la prestación de servicio bajo la modalidad de teletrabajo y evitar que se convierta en un “teletrabajo criollo”, es tener presente los siguientes puntos:

  1. Fijar metas u objetivos claros y fáciles de evaluar.
  2. Fijar horarios de trabajo para la supervisión y realización de las tareas encomendadas.
  3. Hacer seguimientos de las tareas encomendadas a través de los líderes de proyectos.
  4. Que los empleadores en la medida de sus posibilidades otorguen a los trabajadores las herramientas necesarias y acordes para la realización de las tareas encomendadas.
  5. Crear un sistema de incentivos que busque reconocer el esfuerzo del trabajador por el cumplimiento de metas.
  6. Reglar y normar la relación bajo la modalidad de teletrabajo, de acuerdo con lo expuesto anteriormente.

En definitiva, el teletrabajo es una modalidad sumamente eficaz que puede ser muy útil, como se ha demostrado en distintos países, que solo necesita tener reglas claras y herramientas e incentivos necesarios para lograr los objetivos deseados.

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