El tantas veces mencionado pero pocas veces comprendido bitcoin no deja de ser noticia, y es que nadie puede dudar de que todo esto de las llamadas criptomonedas y criptoactivos realmente haya dado mucho de qué hablar, qué pensar, qué opinar y qué creer. Se ha convertido prácticamente una nueva fe, una religión  ¿o más bien será una cripto religión?

Desde evangelizadores con narrativas muy propias de pastores dominicales y de los testigos, hasta criptoateos y criptoagnósticos, pasando por criptoexorcistas, estamos ante un fenómeno global de dimensiones religiosas en la que los actos de fe efectivamente pueden materializarse en inimaginables súbitas fortunas, pero también abismales pérdidas.

Todos creemos y opinamos, y lo peor aún, el que se lee par de líneas sobre el asunto, en lo cual me incluyo, pudiera llegar a sentirse iluminado por la providencia y atender la misión de difundir la criptobienaventuranza.

No faltan de quienes habla de todo y no saben nada, o de los que creen saber algo y cuando se ponen a estudiar un poco se dan cuenta que nada saben, y mientras tanto observamos como toda esa verborrea de activos digitales, criptomonedas, tokens, cadena de bloques, y pare usted de contar, a pesar de su efectiva utilidad e importancia, constituyen para agentes de régimen con poca institucionalidad democrática, por no decir con vocación autocrática, herramientas excelentes para las actividades que bien saben hacer.

(Nota: Si quiere saber sobre la perversión de la noción del llamado petro como supuesta criptomoneda o cosa digital ha servido para instaurar un sistema de expolio ciudadano en Venezuela, como el caso de municipios despóticos no oficialistas, no siga leyendo, ya que hablaremos sobre El Salvador).

Veíamos a muchos entusiastas de este fenómeno del bitcoin como en El Salvador ocurrieron diversas manifestaciones en contra del presidente Bukele y en las que se pronunciaban en contra de la implementación de bitcoin como moneda de curso legal e incluso quemaron un cajero automático de bitcoin, que más bien es técnicamente una dispensadora de divisas, en este caso, dólares americanos.

Y es que si a estricto derecho nos atenemos, lo que se hizo en El Salvador no es muy distinto a lo que ocurre en Venezuela, con la diferencia de que el bitcoin es una verdadera criptomoneda con los atributos tecnológicos, económicos, jurídicos y hasta filosóficos que le son propios y que en el caso del petro siquiera se acerca a ninguno de ellos (ya dije que no hablaría de este, disculpen).

El bitcoin tiene como elemento esencial su independencia y autonomía de toda injerencia, influencia y control por parte de los Estados como hoy los conocemos y que el mismo fenómeno nos invita a repensar, ello quedó demostrado con la pronta y espontánea corrección del poder computacional de la red de mineros ante la proscripción del régimen chino.

Y ya que mencionamos a China, para entender esta realidad del bitcoin aunque haya ateos que se resistan a creer, hemos de recordar los inicios de la noción de dinero de curso legal y de curso forzoso, y no es otro sino el propio Marco Polo quien nos relataba la manera en que Kublai Kan «incentivó» de manera muy sencilla pero muy eficiente el uso del papel moneda por él implementado, algo así como: «Dame tu oro, toma estos papelitos, y si alguien no los acepta o si algún vivo osa falsificarlos, muy sencillo: Lo mato».  Así se dice que fue más o menos que surgió eso de curso legal y el curso forzoso del dinero.

El bitcoin, la tecnología en que se basa y todo lo que se está generando, se sustenta es en la más absoluta libertad, más que de su creación y verificación, que son aspectos de importancia en el ecosistema, de su aceptación o no; nadie está obligado a tenerlos, no puede obligarse a ninguna persona a pagarlos y menos aún a recibirlos; esto es el verdadero libre albedrío.

Preocupa enormemente enunciados como el del artículo 7 de la llamada Ley Bitcoin de la República de El Salvador del 8 de junio de 2021, que obliga a todo agente económico a aceptar bitcoin cuando así sea ofrecido por quien desee adquirir algún bien o servicio, y alarma aún más el tratamiento que justificado en esa Ley, el Comité de Normas del Banco Central de Reservas de El Salvador dicte las llamadas «Normas Técnicas para Facilitar la Aplicación de la Ley Bitcoin», agente, acto y título que no muy distinto es de aquellos regímenes también señalados de ser poco democráticos recurrentemente echan mano al uso de eufemismos y engaños retóricos para controlar y regular.

China intentó controlar el bitcoin mediante la actividad de su minado y este se le escapó entre las piernas; El Salvador, con otra cara y otro discurso, trata igual controlarlo, veremos cómo se comportará, quienes creemos en el bitcoin más allá de la idea de dinero sino como uno de los primeros productos de nuevas formas de concebir la libertad, el intercambio, la autoridad, el consenso, el derecho y sus fuentes, la desconcentración, estamos seguros de que saldrá bien librado de este nuevo intento de control.

Paradójicamente, el pretendido control de China ha demostrado mejor la esencia de libertad intrínseca del bitcoin más que su «legalización» en El Salvador.

Definitivamente, necesitamos menos legislación y más derecho, lo que nos invita a replantear muchas instituciones jurídicas en esta era de transformación digital en la que no basta simplemente con pensar en «legalizar” los recientes fenómenos y forzarlos para que encajen en categorías tradicionales sino analizar el alcance y finalidad de dichas instituciones en el marco de la idea de derecho como forma de organizar el mejor ejercicio de nuestras libertades y no como instrumentos de opresión a disposición de agentes poco democráticos.


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