Las 31 toneladas de oro por valor de 1.000 millones de dólares en disputa entre el Banco Central de Venezuela y el Banco de Inglaterra va más allá de un pleito legal sobre quién es el legítimo dueño de dicho oro, sino a quién el gobierno de su majestad la reina de Inglaterra reconoce como el legítimo presidente de Venezuela; lo cual plantea un complejo problema debido a que Londres ha reconocido a Guaidó como presidente interino y difícilmente porque insistan (apelen) los abogados del BCV, un tribunal va a cambiar la decisión del gobierno de su majestad en política exterior. Simplemente porque en el Reino Unido existe lo que se conoce como separación de poderes. Ye el reconocimiento de gobierno es una facultad del poder ejecutivo.

Meses anteriores se dio igualmente un caso similar de “Quién es quién, a quién reconozco” y fue durante uno de los actos protocolares de mayor significado en la diplomacia española, como es la tradicional recepción anual al Cuerpo Diplomático acreditado en España con motivo del nuevo año. El 17 de enero pasado el cónsul general de Venezuela en Madrid, el señor Mauricio Rodríguez, fue invitado a palacio y no el representante de Juan Guaidó; lo cual deja claro y evidente a quién el gobierno de Pedro Sánchez reconoce, sin importarle la legitimidad o ilegitimidad del presidente en Venezuela, pese a la posición de la Unión Europea de una Política Exterior y de Seguridad Común única, a partir del Tratado de Maastricht (1992).

Ambos casos aunque parecerán no tener relación, uno protocolar y otro comercial, tiene el mismo origen; el reconocimiento de gobierno, sobre lo cual existen diversas doctrinas: la primera de ellas la Doctrina Jefferson (1792), Tobar (1907), Wilson (1913,) Estrada (1930), Larreta  (1944), la cual planteaba la  “acción colectiva multilateral” ante regímenes que violaran los derechos del hombre y del ciudadano, y la Betancourt (1959/64). Lo cierto es que, como toda doctrina, tiene su vigencia dependiendo del momento y la circunstancia política en que se impone.

El caso del desconocimiento del gobierno de Maduro no se hizo por invocación de alguna de las doctrinas mencionadas, sino por las denuncias de violaciones de los derechos humanos; del Estatuto de Roma, y de los procedimientos constitucionales internos, que condujera a que gobiernos como el de Estados Unidos, organizaciones como la Unión Europea y miembros de la OEA manifestar su desconocimiento al señor Maduro por la ilegitimidad en su ejercicio.

El hecho está en que el no reconocimiento al gobierno de Nicolás Maduro y el reconocimiento de Guaidó se realizó por una decisión netamente política. Conllevando a una serie de complejidades propias de la “Nueva realidad virtual de política exterior”; de ese “Metaverso”, quebrantando los postulados de Francisco de Victoria y Hugo Grocio, padres del Derecho Internacional, francos defensores del realismo aristotélico tomista y el pensamiento positivista.

La decisión de la grandes economías reunidas en el G7; de los países ndustriales agrupados en el G20, de la Unión Europea e Inglaterra de no reconocer al gobierno de Nicolás Maduro, sino a Juan Guaidó como encargado de la presidencia como lo establece la Constitución y no de “presidente interino”, se puede entender como una gran contradicción o parte de la “Nueva realidad virtual de la política exterior”

En esta realidad virtual estamos viendo que los gobiernos no reconocen al gobierno del señor Maduro, pero mantienen sus representaciones diplomáticas ante su gobierno; aceptan a los enviados de Guaidó como embajadores, pero a quienes se dirigen oficialmente y solicitan autorizaciones e invitan a las recepciones diplomáticas es a los representantes de Maduro, lo cual hace de este complejo enredo de contradicciones una “irrealidad virtual” solo comprensible sobre una nueva disciplina “Metaverso de la política exterior” teniendo como avatar a esa figura gráfica que se asocia a un ideal político identificado en el “presidente interino” de Juan Guaidó.


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