¿Es cierto que, en oportunidades como la que habrá este domingo 21 de noviembre con las elecciones, estamos condenados a elegir entre lo malo y lo peor?

Utilicemos el método de reducción al absurdo para responder. Supongamos que en efecto es así y que casi que en cualquier localidad de Venezuela habrá que elegir entre lo malo y lo peor. Entonces es cuando surge el otro problema de pensamiento crítico: ¿con base en qué tomamos la decisión, sobre lo malo o peor, del candidato X del oficialismo y del candidato Z de la oposición?

La pregunta anterior encuentra respuesta si respondemos primero las siguientes dos preguntas: ¿Son siempre todos los candidatos del oficialismo incompetentes y corruptos? y ¿son siempre todos los candidatos de la oposición competentes y honestos? Ya de hecho decir que se elige entre lo malo y lo peor significa que no podemos responder afirmativamente a las dos últimas preguntas hechas. Y eso quiere decir que, eventualmente ¡oh paradoja!, alguien del oficialismo podría no lucir (ni resultar) incompetente y corrupto sino todo lo contrario. El mismo razonamiento, mutatis mutandis, se aplica para alguien de la oposición.

El tema de decidir entre lo malo y lo peor en toma de decisiones corresponde a una rama que se denomina «toma de decisiones naturalística» (naturalistic decisión making), mismo que surge como una oportunidad para estudiar cómo las personas toman decisiones y realizan funciones cognitivamente complejas en situaciones exigentes del mundo real. Estas incluyen situaciones marcadas por tiempo limitado, incertidumbre, grandes riesgos, limitaciones organizativas y de equipo, condiciones inestables y diferentes niveles de experiencia (cualitativos y cuantitativos). De hecho y en dicha área, el tema se conoce como decisiones del tipo «least worst» o “menos peores” si nos atenemos a una traducción literal. Las decisiones «menos peores» son aquellas en las que cada curso de acción posible podría tener consecuencias negativas. Son marcos decisorios utilizados frecuentemente en las fuerzas armadas, en la defensa civil y en la medicina.

Más allá de la anterior reducción al absurdo esbozada y desde cualquier perspectiva en toma de decisiones, distinta a la naturalística como es el caso de votar por alguien en una elección, decir que estamos en una situación de elegir entre lo malo y lo peor no es correcto y más bien revela debilidades en el proceso de pensamiento que conduce a la decisión. De hecho, la situación es un falso dilema conocido como e dilema de «la cobija corta» (de la frase en idioma inglés «short blanket dilemma«).

En dicho dilema tenemos una necesidad que satisfacer (no queremos pasar frio) pero solo disponemos de una cobija corta (el recurso): si nos cubrimos los pies nos queda la cabeza, el cuello y parte del torso superior al descubierto y si nos cubrimos la cabeza nos quedan entonces al descubierto parte de las piernas y los pies. La elección final de que parte del cuerpo cubrir, por supuesto, dependerá de lo que cada quien considere que es lo «malo» y lo «peor»: las preferencias de cada quien. Y tal y como ustedes seguramente conocen, las preferencias son subjetivas, es decir, no son algo absoluto sino relativo pues dependen de cada quien.

En el caso de este falso dilema, la clave es tener conciencia de la diferencia entre el problema y la necesidad. Si bien el problema puede ser el largo de la cobija, la necesidad a satisfacer es protegernos del frío. Al cambiar el enfoque, salimos de la dicotomía –aparentemente insuperable– para encontrar una solución más satisfactoria a la verdadera necesidad, por ejemplo, un par de medias gruesas o la adopción de la posición fetal para dormir. Y estemos claros en el caso del voto: ceder o no ceder espacios es un problema político pero la verdadera necesidad es resolver los problemas locales, al menos en el caso específico de las alcaldías.

También, uno pudiera considerar que lo malo y lo peor es lo mismo. En este caso tenemos lo que se denomina la elección de Hobson. El término se usa a menudo para referirse a una ilusión de elección. La elección más conocida de Hobson es «tómalo o déjalo» o “esto es lo que hay”. Se dice que la frase se originó en Thomas Hobson (1544-1631), propietario de un establo en Cambridge, Inglaterra, que ofrecía a los clientes la opción de llevar el caballo en el establo más cercano a la puerta o no llevar ninguno.

Pues bien, con las elecciones del 21 de noviembre, ¿estamos en el caso de una elección de Hobson? En otras palabras, si no estamos ante un falso dilema, ¿estamos entonces ante una ilusión de elección?

No soy politólogo (aquí en Venezuela es raro quien no se asume como tal), pero conozco que en regímenes autoritarios siempre se celebran elecciones seudo verdaderas pues un objetivo público del régimen es demostrar que es democrático y tiene el apoyo popular. No me resultaría difícil argumentar a favor de que uno de los verdaderos objetivos de un régimen autoritario no es, precisamente, la alternabilidad en el poder. Y si es el caso y usted tiene dudas sobre lo que aquí afirmo, vean lo que ha sucedido no solo aquí en Venezuela desde 1998, sino en las elecciones en los países de, por ejemplo, Daniel Ortega o de Aleksandr Lukashenko, por mencionar solo dos casos que vienen a mi memoria.

En una sociedad con un régimen autoritario, como la nuestra, abstenerse de votar podría constituir un punto argumental legítimo sobre la ausencia de elecciones abiertas y justas y quizá una clara señalización adicional hacia el ámbito internacional. Sin embargo, también esta clarito que no votar –o votar por aquellos que no podrán nunca hacer nada pues hasta el momento tampoco han podido hacerlo- no cambia la situación con relación a la permanencia del régimen autoritario: el régimen permanecerá, vote usted o no.

En algún momento en una conferencia sobre meditación, alguien le dijo al Dalai Lama que encontraba la meditación «estresante», a lo que el Dalai Lama respondió: si usted encuentra la meditación estresante, entonces no medite.

En el tema de elecciones que nos ocupa tenemos que, por un lado, el voto es un derecho según el artículo 63 de la Constitución vigente. Sin embargo, también es un hecho voluntario (no obligatorio) según el artículo 126 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (ninguna persona puede ser obligada o coaccionada bajo ningún pretexto en el ejercicio de su derecho al sufragio).

Por si fuera poco, el artículo 61 de la Constitución vigente establece y garantiza la libertad de conciencia: Toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salvo que su práctica afecte la personalidad o constituya delito. La objeción de conciencia no puede invocarse para eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.

Cualquiera sea su percepción, bien sea que usted le asigna algún valor a un candidato, bien se trate del falso dilema de elegir entre lo malo y lo peor, o bien se trate de la elección tipo Hobson, ello en virtud de que usted tiene la firme convicción de que todos, tirios y troyanos, son la misma mier…coles, este domingo 21 de noviembre es una magnífica oportunidad para ejercitar los pocos derechos ciudadanos que le quedan.

Y ya lo sabe: si le estresa meditar, pues no medite.

 


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