La impostura venezolana y otras cavilaciones de cuarentena en Cuaresma[1]

Siendo de los más diversos los comentarios, observaciones y recomendaciones recibidos ante la publicación del ensayo “Cuando el covid-19 y la cuarentena se encuentran con el derecho procesal constitucional, los estados de excepción y un estado fallido” (Primera parte)[2] (Segunda parte)[3], y no obstante existen aspectos que abren la posibilidad de otras siguientes, el interés sobre temas que si bien relacionados con los efectos de la pandemia de coronavirus covid-19, pero no ya en su perspectiva epidemiológica, de tratamiento médico, o siquiera desde las diversas consecuencias jurídicas que puedan analizarse, hacen menester reflexiones particulares sobre los riesgos en sociedades afectadas por epidemias que han resultado en brotes no ya de infecciones o contagios sino de alzamientos y disturbios propios de tales contextos.

En situaciones de estados con alta conflictividad social y política, en los que además existe un enorme deterioro de sus instituciones, agravamiento de su economía, destrucción de su aparato productivo y general deterioro de los servicios públicos esenciales hasta el punto de devenir en materialmente inexistentes, y todo lo cual se justificaría su propia existencia resultando en la clara definición de lo que es un estado fallido, no es cuestión de si puedan ocurrir o no tales brotes, sino cuando sucederá y como debemos actuar al momento que ello acontezca.

Debemos estar claros que no estamos hablando únicamente de los actuales momentos en que padecemos la pandemia del covid-19 ni de la realidad venezolana desde la cual escribo, que como es lo que tenemos presente y estamos inmersos pensaríamos y sentiríamos que no existe algo más allá, pero no podemos olvidar que en nuestra historia hemos pasado más de una vez, muchísimas veces, y pasaremos, situaciones como las del coronavirus y aún peores.

Baste solo que recordemos en materia de epidemias y pandemias[4], la plaga de Atenas en el siglo V antes de Cristo, la peste de Justiniano entre los siglos XI y XII, la peste negra, a mediados del siglo XIV, de la que algunos señalan que también se originó y propagó desde China: brotes de viruela, sarampión y tifus durante la colonización de América en todo el continente, la gran plaga de Londres de 1665, la plaga italiana del siglo XVII, la gran plaga de Marsella en 1720 y que afectó la cercana población de Aix-en-Provence (que como nota al margen he de decir que tuve la oportunidad de estudiar allí y es uno de los lugares más mágicos que pueden existir)[5]. La plaga rusa de 1771, la pandemia de cólera del siglo de mediados del siglo XIX, o la llamada gripe española de 1918 a 1920, la cual tuvo sus mortales efectos también en Venezuela durante la dictadura de Juan Vicente Gómez y que para la atención y superación de la epidemia se creara la Junta de Socorro del Distrito Federal presidida por el Dr. Luis Razetti (es de destacar el evidente contraste en esta reciente que no es comparable con la de Gómez). El caso es que en Venezuela, y más específicamente en Caracas, no ha sido no será la primera y última vez que ha de sufrir y sobrevivir pestes y plagas tal como nos expone César Pérez Guevara sobre la historia de la ciudad. (VIDEO 1)[6] (VIDEO 2)[7]

En cuanto a la ocurrencia de manifestaciones y disturbios generados en contextos de epidemias, igualmente como episodios de brotes de pestes y plagas ha habido en la historia de la humanidad, entre los que podemos resaltar se encuentra el famoso disturbio o revuelta de Moscú de 1771[8] que tuvo lugar ante las medidas que causaron temor y molestia de los ciudadanos ante la imposición de cuarentenas forzosas, destrucción de propiedad contaminada sin control ni indemnización, clausura de lugares públicos, lo que a su vez generó el cierre de fábricas, mercados y tiendas, disminución de suministro de alimentos ocasionando la pauperización de las condiciones de vida de los moscovitas. Para atender las acciones contra la plaga y la situación social fue enviado a Moscú el Conde Grigory Grigoryevich Orlov (personaje sobre el cual merece ahondar su estudio, especialmente si llegó a coincidir con el prócer Sebastián Francisco de Miranda y Rodríguez, con quien posiblemente se identificaría por tener similitud de intereses). Posteriormente en Rusia se verificaron otros disturbios y protestas como los de la epidemia de cólera de 1830 y 1831, también teniendo como antecedente la imposición de cuarentenas, acordonamiento armado, restricciones migratorias y los rumores sobre el envenenamiento del agua, y luego nuevamente en 1892 ocurrieron nuevos disturbios también ante epidemia de cólera. En ambos casos los alzamientos fueron disueltos con uso de la fuerza[9].

También durante epidemias de cólera ocurrieron disturbios en el Reino Unido en 1832  ante la inadecuada atención por parte de las autoridades[10] y en Alemania en 1893 durante la pandemia de cólera ante la imposición de medidas de prevención. En Zimbabue (2008) en la ciudad de Harare[11] se verificaron manifestaciones públicas durante la epidemia de cólera en la que fallecieron cerca de 600 personas empeorando la crisis de salud y económica de ese país. Personas que protestaban por límites impuestos para el retiro de dinero fueron golpeadas por la policía, así como también la policía dispersó a médicos y enfermeras que intentaban entregar una petición ante el colapso del sistema de salud[12].

Más recientemente, pero ya sobre la pandemia de coronavirus covid-19 aparece en los medios digitales la noticia en el Líbano donde reclusos de una institución penitenciaria manifestaron solicitando su excarcelación temporal ante la pandemia[13], un asunto bastante complejo dada la naturaleza de la situación en la que siendo absoluta responsabilidad del Estado el cumplimiento de las condiciones sanitarias esenciales de instalaciones penitenciarias, ante una pandemia como la presente, podría resultar en condiciones de riesgo para la población penal, lo que también hay que analizar respecto los riesgos que resultarían en que se permita la salida de personas condenadas del recinto sin los debidos controles, lo que se agrava mucho más en instalaciones que no cumplen con los mínimos requisitos de salubridad.

En estudios específicos como los publicados en los manuales del Banco Mundial Prioridades para el control de enfermedades: mejorando a salud y reduciendo la pobreza[14] en su tercera edición, se encuentra el artículo “Pandemias: riesgos, impactos y mitigación»[15] y que es una lectura obligatoria en este contexto en que nos encontramos, allí se desarrolla con gran detalle como determinados países ante sus condiciones de falta de institucionalidad, debilidades estructurales, sistemas de sanidad inadecuados, pobreza, crisis económica e inestabilidad política, están en peores condiciones para enfrentar una pandemia, incluso para ilustrar de mejor manera dicha situación presentan un gráfico preparado con información de 2017 con un mapa global donde se destacan los niveles de preparación de los países[16].

Afirma el estudio que las epidemias y pandemias pueden amplificar tensiones políticas, especialmente en estados frágiles con legado de violencia y debilidad institucional, destacando como en el caso de África Occidental durante la epidemia del ébola, la instauración de cuarentena y toques de queda fueron percibidos por sectores de la oposición política de manera sospechosa generándose disturbios, igual ocurrió en Liberia en que facciones encontradas reanudaron su rivalidad resultando en el ataque de instalaciones sanitarias.

Casos como los de Guinea, Liberia y Sierra Leona son referidos como ejemplos de incremento de tensiones políticas, en las que si bien no llegó a situaciones de violencia e inestabilidad, se vio afectada la capacidad del sistema de salud, y en Sierra Leona se mantuvo mucho más tiempo el lapso de cuarentena. Otra consecuencia que destaca el estudio es que en situaciones de epidemias y pandemias suelen resultar determinados grupos discriminados y víctimas de estigmatización al ser señaladas como responsables de las enfermedades como fueron los casos de las comunidades judías en Europa por la peste negra o como en tiempos más recientes en Hong Kong comunidades africanas fueron víctimas de rechazo y discriminación económica al vincularlas con el ébola.

¿Cómo recibe Venezuela la pandemia del covid-19 en cuanto su capacidad para hacerle frente?

Serán brevísimas las consideraciones sobre las condiciones en que se encuentra Venezuela ante esta pandemia, y la razón de apuntar a esa brevedad es que puedan destinarse ensayos más específicos sobre nuestra realidad en la que pueda ahondarse con mayor detalle, mientras que las reflexiones que aquí se hacen tienen la intención de presentar el caso venezolano, como ejemplo de la tormenta perfecta en cuanto a su vulnerabilidad institucional, política, económica, social, jurídica, y tantos otros ámbitos, y que sirva de más que de referencia como advertencia, y en muchos casos de espejo, de como un Estado puede resultar en la mayor decadencia y las complejidades internas y externas para liberarlo de sus captores.

Para nadie es secreto que desde el 2 de febrero de 1999, cuando Venezuela entró en la senda de los que sus promotores han denominado la revolución bolivariana y el socialismo del siglo xxi y todas sus instituciones resultasen secuestradas; luego de más de dos décadas de ese fallido experimento social y político, para el momento en que el coronavirus covid-19 irrumpe en el escenario global, es decir, desde inicios del año 2020[17], el país se encuentra en la peor condición institucional que haya podido tener durante toda su vida republicana, incluso pudiera afirmarse que tomando en cuenta los correspondientes contextos, se encentra con un grado de devastación aún más grave que el resultante de la guerra de independencia y la guerra federal que tanto daño ocasionaron a la entonces naciente nación hoy fallido estado.

Signo característico de regímenes de corte totalitario es la falta de transparencia y frontal vulneración al derecho a la libertad de expresión, que no solo incluye la posibilidad de expresarse y opinar sino la de tener libre acceso a la información pública, actuaciones de transgresión en que incurren los liberticidas desde los propios inicios de la humanidad de múltiples maneras y que van desde el amedrentamiento, la censura, la limitación de suministros como papel, bloqueos informativos, al acceso a Internet y muchos otros, pero en estos tiempos con la finalidad de velar sus perversidades amparándose en la tecnología y engaños mejor elaborados encubiertos de retórica ocurren a nuevas modalidades que en situaciones como las que hoy aquejan a la humanidad le son propicias y que en el caso venezolano utilizan esas ideas de emergencia, alarma, conmoción en la modalidad de situación excepcional y otras similares para eternizarse en el poder, tema que ya pudimos analizar en los primeros artículos referidos y que damos aquí por visto.

Regímenes como el venezolano, pero extensible a otros de similar naturaleza como el de China donde se dio inicio al brote que devino en epidemia, luego en pandemia y de la que todos padecemos de sus efectos, si bien no clínicos, aún, sí los sociales, económicos y políticos, recurren a prácticas que van desde la más absoluta opacidad al ocultar información que debe ser de conocimiento público así como en el deber de comunicar determinados hechos, pero resulta también violatoria la expresa negación de hechos ciertos, la afirmación de los falsos, y muy especialmente la manipulación de ideas y conceptos mediante ardides retóricos y argumentativos, que si bien pueden pasar inicialmente desapercibidos para el destinatario promedio del discurso falaz, con simplemente prestar atención a determinados elementos como los de la calidad y credibilidad de la fuente, estructura de la exposición, argumentación y recursos retóricos, actitud del interlocutor y finalidad velada o expresa del discurso, que en el caso venezolano luego de ya dos década es evidente que no es otro que el de  imposición de pensamiento único y perpetuación en el poder, pueden desmontarse esas maquinaciones y que hoy se nos presentan como Estado de Alarma.

En cuanto a la grave pandemia que padecemos, siempre será necesario recordar, y más aún, jamás olvidar, como ante las tempranas advertencias el 30 de diciembre de 2019 del doctor Li Wenliang en China sobre la presencia del virus, el régimen totalitario chino con uso de la fuerza pública, la policía de Wuhan, lo acalló y reprimió por haber “esparcido rumores en línea” y “severa alteración del orden social”[18], indicando que ninguna organización o individuo podría emitir información sin autorización, obligándolo a suscribir un documento mediante el cual declaraba que eran falsas las informaciones expresadas.

El doctor Li Wenliang se infectó con el coronavirus, el 12 de enero de 2020 ingresó en el hospital y trágicamente falleció el 7 de febrero de 2020. Recientemente el gobierno central chino manifestó que la actuación de las autoridades regionales no fueron las más apropiadas[19], pero como siempre ocurre con los regímenes totalitarios, estas no son más que comunes prácticas para intentar argumentativamente evadir toda responsabilidad al indicar que fue una autoridad no central la que trató indebidamente al doctor, cuando en la realidad se está ante todo un sistema totalitario que hace uso de tales estratagemas argumentativas y retóricas, baste ver los casos de Cuba, Venezuela y sus acólitos.

Más recientemente, bastante revuelo ha generado que en los medios se refiera al virus como “Virus chino”, lo que denotaría muestras de xenofobia y estigmatización[20], tema éste en el que tampoco entraremos a profundidad, pero tal vez en el desarrollo de su discusión en otros foros pudiera discutirse si debiera denominarse más bien “Virus Comunista”, ya que tanto como la gravedad del mismo, su evolución como grave pandemia resultó en gran parte por las prácticas propias de ese pensamiento y de aquellos que son similares en cuanto su apreciación colectivista que niega al individuo. Lo que sin duda ha de proponerse es que logrado el desarrollo del tratamiento global o vacuna del COVID-19 se le reconozca con el nombre del Dr. Li Wenliang de quien antes de su muerte en una entrevista en el hospital donde estaba recluido habría expresado: “Creo que una sociedad sana no bebería tener una sola clase de voz” (I think a healthy society should not only have one kind of voice)[21].

Al preciso momento en que se escribe estas líneas (20/03/2020 2:34 am), pero que reflejan la misma situación para el momento que se supo del primer caso de coronavirus, no existe ni una sola institución política, económica, social, jurídica, incluso de carácter privado resultante de la libre voluntad de los ciudadanos como lo son las relaciones contractuales que no se encuentren  en franco y evidente deterioro, y en especial para el tema que hoy tratamos, el sistema de salud y todos los sistemas que en mayor o menor grado interactúan con este no son la excepción.

Escapa del objetivo y alcance de este trabajo el profundizar sobre tales deterioros estructurales de los que un día fue un Estado de Derecho hoy devenido en un estado fallido y cuando menos en un Estado kenomático en la idea del pensador italiano Giorgio Agamben [22] y en el que como afirmara yo en un trabajo hace par de años, el desdibujamiento de la idea del derecho y el populismo no han servido sino como instrumentos del neototalitarismo del siglo XXI [23], pero profundizar sobre la situación de Venezuela ante la pandemia de coronavirus covid-19 no solo es incompleta sino imposible sin olvidar que para enero de 2020, el país tenía y aún tiene la mayor inflación de su historia y de todos los países del mundo en el siglo xxi, su símbolo monetario, el Bolívar, se ha envilecido tanto alarmaría al mismo Juan de Mariana y seguramente hasta cambiaría el título de su obra[24]. Una crisis de institucionalidad democrática tal que el ejercicio del ejecutivo nacional es absolutamente material además de errático en todos los sentidos, en todo el territorio nacional existen deficiencias que en casos alcanzan la absoluta carestía de servicios de agua, electricidad, combustible y transporte, desabastecimiento, desnutrición, insalubridad, brotes epidemiológicos de enfermedades que habían sido superadas hace décadas durante la democracia y que hoy vuelven a azotar a nuestra población, que aunado a una crisis humanitaria compleja afecta a todo el sistema de salud y aqueja principalmente los más vulnerables que siempre son aquellos también víctimas del populismo revolucionario.

En materia de derechos humanos, Venezuela cuenta con las peores valoraciones, las cuales aparecen reflejadas en los informes de la Organización de Estados Americanos[25], como la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la Organización de la Naciones Unidas[26] que confirman ser uno de los Estados con mayores violaciones en el orbe, ello además de que el propio país de manera absolutamente írrita ha pretendidos salir del sistema Interamericano de Derechos Humanos mediante una denuncia de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos que es absolutamente írrita[27] y en lo que hay que resaltar muy particularmente por la relación con la pandemia, además de la afectación del derecho a la vida y que puede materializarse a través de la prestación de acceso a los servicios de salud, son también sistemáticamente violados el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información pública, siendo estos últimos de los más transgredidos por el régimen del socialismo del siglo xxi cuya nota característica es su opacidad, la censura y los bloqueos informativos.

En cuanto a respeto al Estado de derecho, un muy reciente informe (11/03/2020) Índice de Estado de Derecho 2020 (Rule of Law Index 2020) elaborado por World Justice Project [28], en el que mediante más de 130.000 evaluaciones efectuadas por 4.000 profesionales y expertos en el área jurídica sobre 8 factores y 44 subfactores arrojó como resultado que de los países examinados, 33 del continente americano y 128 a nivel mundial, Venezuela resultó en el último lugar en ambas mediciones totales, la regional y la global, siendo los factores evaluados y la posición de Venezuela las siguientes:  (i) Límites a los poderes del gobierno (33/33) (128/128), (ii) Ausencia de corrupción (28/33) (117/128), (iii) Gobierno abierto (33/33) (125/128), (iv) Derechos Fundamentales (33/33) (124/128), (v) Seguridad y orden (33/33) (123/128), (vi) Cumplimiento normativo (33/33) (128/128), (vii) Justicia civil (33/33) (127/128) y (viii) Justicia penal (33/33) (128/128)[29].

A modo de conclusión

Venezuela y su gente, igual que el resto del mundo, nos enfrentamos ante una de las situaciones más complejas que nos tocará transitar en nuestra historia, con el agravante en nuestra situación de que quienes deberían ayudar y liderar la contienda como clase política forman más parte del problema que de la solución, y quienes lejos de actuar con sensatez y responsabilidad, han sacado lo peor de sí, mostrando una vez más su cinismo y maldad, lo no nos deja otra salida a nosotros, la sociedad civil, y ante una pandemia como la que enfrentamos, la sociedad civil global que hacer lo contrario, sacar lo mejor de cada día, cada momento.

Muchos son los retos de hoy y de mañana, ciertamente muchas cosas empeorarán más para luego mejorar, y no podemos darnos el lujo de desviar nuestra atención de las tareas que hayamos de acometer en nuestras respectivas áreas de conocimiento, debiendo cada uno aportar aquello que sea de su competencia o experticia.

Mucha tinta queda en el tintero que no pudo incluirse en este trabajo para colorear otros interesantes temas que espero podemos hacerlo muy pronto, en plena liberad de la cuarentena de la pandemia del coronavirus y del flagelo del despotismo.

“Esto también pasará”.


[1] Extracto y adaptación de artículo de idéntico título publicado en: https://culturajuridica.org/conflictividad-social-y-conflictividad-politica-en-tiempos-de-pandemia-brevisimas-consideraciones-sobre-la-impostura-venezolana-riesgos-del-populismo-y-otras-cavilaciones-de-cuarentena-en-cuaresma/

[2] https://culturajuridica.org/cuando-el-covid-19-y-la-cuarentena-se-encuentran-con-el-derecho-procesal-constitucional-los-estados-de-excepcion-y-un-estado-fallido-primera-parte/

[3] https://culturajuridica.org/cuando-el-covid-19-y-la-cuarentena-se-encuentran-con-el-derecho-procesal-constitucional-los-estados-de-excepcion-y-un-estado-fallido-segunda-parte/

[4] Para estos tiempos de cuarentena resulta de gran valor el contenido colaborativo de www.wikipedia.org

[5] https://www.aixenprovencetourism.com/

[6] César Pérez Guevara. Caracas – 450 años: Historia práctica de una ciudad (25/07/2017) https://youtu.be/OnfbRzY2LRE

[7] César Pérez Guevara. Historia de Caracas a 452 años de su fundación (25/07/2019) https://youtu.be/hd-ZkVRLmpI

[8] https://ru.wikipedia.org/wiki/%D0%A7%D1%83%D0%BC%D0%BD%D0%BE%D0%B9_%D0%B1%D1%83%D0%BD%D1%82

[9] https://ru.wikipedia.org/wiki/%D0%A5%D0%BE%D0%BB%D0%B5%D1%80%D0%BD%D1%8B%D0%B5_%D0%B1%D1%83%D0%BD%D1%82%D1%8B

[10] De https://en.wikipedia.org/wiki/Cholera_Riots y  Burrell, Sean & Gill, Geoffrey. (2005). The Liverpool Cholera Epidemic of 1832 and Anatomical Dissection–Medical Mistrust and Civil Unrest. Journal of the history of medicine and allied sciences. 60. 478-98. 10.1093/jhmas/jri061.

[11] En 2015 escribí “Con 100 trillones de dólares para canjear, ¿qué hacer en Caracas o en Harare? Cuál sigue el ejemplo de la otra”

http://www.chinohung.com.ve/2015/06/con-100-trillones-de-dolares-para.html

[12] De https://en.wikipedia.org/wiki/Cholera_Riots, https://laborrights.org/in-the-news/riot-police-break-zimbabwe-protests-cholera-deaths-mount, https://www.nytimes.com/2008/12/04/world/africa/04zimbabwe.html  y https://www.reuters.com/article/us-zimbabwe-crisis/zimbabwe-police-charge-protesters-cholera-spreads-idUSTRE4B21XI20081203

[13] https://www.aljazeera.com/news/2020/03/riots-rock-overcrowded-lebanon-prisons-coronavirus-fears-200317164301234.html

[14] Jamison, D. T., H. Gelband, S. Horton, P. Jha, R. Laxminarayan, C. N. Mock, and R. Nugent, editors. 2018. Disease Control Priorities: Improving Health and Reducing Poverty. Disease Control Priorities (third edition), Volume 9. Washington, DC: World Bank. doi:10.1596/978-1-4648-0527-1. License: Creative Commons Attribution CC BY 3.0 IGO.

Disponible en: https://culturajuridica.org/bookshelf_nbk525289/

[15] Pandemics: Risks, Impacts, and Mitigation. Nita Madhav, Ben Oppenheim, Mark Gallivan, Prime Mulembakani, Edward Rubin, and Nathan Wolfe

[16] https://www.ncbi.nlm.nih.gov/books/NBK525302/figure/pt5.ch17.sec3.map1/

[17] https://www.who.int/westernpacific/emergencies/covid-19

[18] «spreading rumors online» and «severely disrupting social order»

[19] https://edition.cnn.com/2020/02/03/asia/coronavirus-doctor-whistle-blower-intl-hnk/index.html

https://edition.cnn.com/2020/02/08/opinions/coronavirus-bociurkiw/index.html

https://edition.cnn.com/2020/02/06/asia/china-li-wenliang-whistleblower-death-timeline-intl-hnk/index.html

https://edition.cnn.com/2020/02/06/asia/wuhan-coronavirus-update-intl-hnk/index.html

https://www.businessinsider.com/china-admits-punishing-coronavirus-whistleblower-li-wenliang-inappropriate-2020-3

[20] https://www.cnet.com/news/coronavirus-isnt-a-chinese-virus-no-matter-what-trump-says/

https://www.washingtontimes.com/news/2020/mar/20/china-still-pushing-story-us-behind-virus-crisis/

[21] https://edition.cnn.com/2020/02/08/opinions/coronavirus-bociurkiw/index.html

https://www.newyorker.com/news/daily-comment/chinas-iron-house-struggling-over-silence-in-the-coronavirus-epidemic

[22] Giorgio Agamben. “Estado de Excepción” Homo Sacer II,I. Adriana Hidalgo editora. Buenos Aires 2004. Pág. 95.

[23] Hung Cavalieri, Roberto. “El desdibujamiento de la idea del derecho y el populismo como instrumentos del neototalitarismo del siglo xxi. Su necesaria definición para la recuperación del Estado de Derecho”. Disponible en: https://culturajuridica.org/el-desdibujamiento-de-la-idea-del-derecho-y-el-populismo-como-instrumentos-del-neototalitarismo-del-siglo-xxi/

[24] Tratado y discurso sobre la moneda de Vellón (1609). Juan de Mariana

[25]Informes de la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos. http://scm.oas.org/pdfs/2017/CP38157INFORME.pdf

http://www.oas.org/documents/spa/press/TERCER-INFORME-VENEZUELA-SPANISH-Final-signed.pdf

[26] Informes de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la Organización de la Naciones Unidas:

http://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/HCReportVenezuela_1April-31July2017_EN.pdf

http://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/HCReportVenezuela_1April-31July2017_SP.pdf

[27] Sobre la pretendida denuncia por parte de Venezuela de la Convención, así como de los vicios que la hacen írrita por no haberse efectuado conforme el ordenamiento aplicable y demás consecuencias ver: Hung Cavalieri, Roberto. «Los Derechos Humanos en Venezuela luego de la Denuncia de la Convención Americana. El Desconocimiento del Sistema Interamericano como Política de Estado con Expresa Complicidad de la Justicia Constitucional”. Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano 2016. Konrad Adenauer Stiftung. Disponible en: http://www.kas.de/rspla/es/publications/46909/

[28] https://worldjusticeproject.org/

[29] “Índice de Estado de Derecho 2020” (Rule of Law Index 2020) elaborado por World Justice Project. ISBN (online version): 978-1-951330-35-4.  En el que entre los profesionales colaboradores del proyecto está entre otros Roberto Hung Cavalieri. Disponible en: https://culturajuridica.org/wjp-roli-2020-online_0/


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