Uno de los más negativos efectos para la sociedad colombiana del convenimiento de paz rubricado entre el gobierno de Colombia y la insurgencia terrorista de las FARC en La Habana ha tomado la forma de un régimen de justicia especial para tratar los delitos cometidos por los criminales guerrilleros. Comúnmente llamada JEP, este novedoso régimen abriga en su interior serias aberraciones legales al otorgar impunidad cuasi total a los criminarles narcoguerrilleros en las fechorías perpetradas en los años de la violencia colombiana.

Quizá la que levanta más desagrado y rechazo es la que tiene que ver con el perdón a los jefes de la insurgencia por los crímenes sexuales cometidos contra mujeres y niñas secuestradas o contra jóvenes reclutados por la fuerza para engrosar las filas de los malhechores. La lista de estos crímenes es aterradora y pasa por violaciones, sodomización, abortos forzados, actos de pedofilia, torturas de carácter sexual, la mayor parte de las veces en cabeza de menores de edad.

Lo que los irregulares siempre pretendieron fue que su inserción social y política una vez pactada la paz de Santos contara con el perdón y el olvido de tal tipo de abyecciones que en el derecho imperante en cualquier país son objeto de severísimas sanciones.

Pues bien, la justicia transicional puesta en marcha ha sido el artificio encontrado por los legisladores, en contra de buena parte de la sociedad colombiana –valga aclararlo– para otorgarle un trato bondadoso a los criminales de los años del conflicto armado concediendo penas leves cuando los delitos son reconocidos por sus autores.

Hace apenas un mes fue la Corte Constitucional colombiana la que dio un paso adicional en franco irrespeto de los derechos de las víctimas, al establecer que los crímenes a que nos referimos relacionados con abusos sexuales son propios de un conflicto armado y que, por tanto, son disculpables.

Tratar este tipo de horrorosos crímenes como delitos políticos a los que la JEP establece irrisorias penas es un exabrupto inexplicable en las manos de magistrados con años de ejercicio de cargos de alto nivel en la administración de la justicia. ¿Bajo cuál argumento este tipo de oprobios pueden ser considerados hechos concomitantes e intrínsecos con la lucha revolucionaria?

María Sol Navia, ex ministra del trabajo de Colombia, lo expresó de manera prístina hace pocas semanas cuando en su artículo “Impunidad para las niñas víctimas de las FARC” publicada en la Revista Portafolio decía: “¿Cómo puede entenderse que se califiquen estos delitos como relacionados con delitos políticos? ¿No son crímenes de guerra, si es que era guerra? ¿Dónde está la moral? ¿Dónde están los derechos de la mujer? Estamos hablando de protección a las mujeres, pero esto es la burla total a esas palabras. ¿Qué pensaron quienes acordaron las funciones y competencias de la JEP? ¿Podrán tener la conciencia tranquila al saber que estas mujeres son nuevamente sujetos de burla y revictimización, después de haber sido objetos en manos de hombres que no son humanos, sino bestias?”.


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