Cuenta la historia que entre las armas utilizadas por el nazismo contra sus adversarios estaban la violencia y el terror. Basta recordar la noche de los cristales rotos -«Kristallnacht«- una serie de ataques coordinados contra judíos en Alemania y Austria, el 9 y 10 de noviembre de 1938, bajo la mirada permisiva de las autoridades nazis que no sólo facilitaron los ataques sino que utilizaron a sus huestes contra personas judías, sinagogas, negocios propiedad de judíos, resultando en la destrucción de numerosas propiedades y la muerte de algunos de aquellos.

La Kristallnacht fue principalmente organizada por la SA (Sturmabteilung) y otros elementos del gobierno nazi, incluido Joseph Goebbels, el ministro de Propaganda, conocido por aquella desgraciada frase “miente, miente que algo queda”, cita que expone la estrategia propagandística de repetir una mentira constantemente hasta que se acepte como verdad o hasta que deje una impresión duradera en la mente de las personas.

Para aquel momento, Heinrich Himmler, un experto en intimidación y represalia contra aquellos que se oponían al nazismo, se desempeñaba como líder de las SS (Schutzstaffel) y no hay una evidencia directa que lo vincule con la Kristallnacht. Sin embargo, sí supervisó la implementación de las políticas antisemitas del régimen, incluida la organización y ejecución del Holocausto. O sea, era una pieza clave en el manejo de la violencia nazi.

Para 1944, meses antes del fin de la conflagración bélica, un grupo de oficiales militares intentaron un golpe de Estado que incluía el asesinato de Adolf Hitler, movimiento que fue conocido como «Plan Valkiria» u  «Operación Valkiria», un plan de contingencia diseñado para movilizar tropas de la reserva del ejército en caso de una insurrección interna en Alemania.

La intentona fracasó y los implicados fueron detenidos y muchos de ellos ejecutados, como el coronel Claus von Stauffenberg, quien había colocado la bomba en la Guarida del Lobo, el cuartel general de Hitler en Prusia Oriental.

Las investigaciones del fracasado golpe fueron encomendadas a Himmler, quien invocó el Sippenhaft, un antiguo principio legal del derecho germánico medieval que traducido al castellano significa «responsabilidad familiar» o «responsabilidad de clan», y en inglés se entiende por «kin liability» o «clan liability«, principio según el cual un acusado de crímenes contra el Estado extendía automáticamente su responsabilidad penal en igual medida hacia sus parientes, de modo que los familiares del acusado eran considerados culpables, arrestados y en algunos casos también condenados a muerte por el delito que cometió su pariente acusado, supuesto «enemigo del Estado».

Con la derrota del nazismo, parecía que el Sippenhaft había sido enterrado bajo los escombros de una derrotada Alemania. Sin embargo, hay evidencias de que a nivel mundial fue y ha sido utilizado por los regímenes opresores de los derechos humanos en su tratamiento a familiares de disidentes políticos.

Durante el periodo de la Gran Purga en la URSS, desde 1934 se arrestó y procesó a varios miles de individuos, llegando algunos a ser condenados a muerte o deportados al Gulag, bajo el delito de «parientes de un enemigo del pueblo» por ser familiares de un procesado. Idénticas prácticas se aplicaron durante la Revolución Cultural China, cuando el hijo de Deng Xiaoping fue arrestado tras haber sido encarcelado su padre, tan sólo sobre la base de su vínculo familiar; y también se ha denunciado a Corea del Norte y a Marruecos -ésta en la época de los “Años de plomo” (19611999)- de ejecutar detenciones sobre la base del parentesco contra los relacionados de disidentes políticos.

En Venezuela, en un informe de septiembre de 2021, la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos en Venezuela ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU afirmó que  “( … ) agentes de seguridad o de inteligencia presuntamente utilizaron tácticas criminales incluyendo el secuestro o la detención de miembros de la familia de opositores reales o percibidos, para lograr los arrestos”; y, por su parte, Iniciativa Democrática de España y las Américas (IDEA-Democrática), Amnistía Internacional y el secretario general de la Organización de Estados Americanos han denunciado la aplicación del Sippenhaft a los familiares de la activista Rocío San Miguel, presidenta de la ONG Control Ciudadano, cuya detención ha sido calificada como “desaparición forzada”.

En todo caso, la Declaración Universal de Derechos Humanos establece principios fundamentales de derechos humanos que proscriben esas prácticas y que han influido en en las constituciones de muchos y en instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Europea de Derechos Humanos, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y  Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José que prevén disposiciones expresas que prohíben la imposición de penas colectivas y garantizan el derecho a un juicio justo, la prohibición de la tortura y tratos inhumanos o degradantes; y contienen estándares internacionales que los Estados están obligados a respetar y cumplir, incluida la prohibición del Sippenhaft, que puede considerarse un delito de lesa humanidad que ocurre cuando alguien es capturado por agentes del Estado o grupos que actúan bajo la tolerancia del Estado y con el propósito de sustraerle de la protección de la ley, no se brinda información o se niega revelar el paradero de esa persona.


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