Estamos en junio de 2021, 116 años antes, en junio de 1905 se publicaba en la revista científica Annalen der Physik un artículo sobre la “Teoría de la relatividad especial”. Su autor: un prácticamente absoluto desconocido; su nombre: Albert Einstein.

Se comenta que el momento del “eureka”, de su absoluta comprensión de esa “relatividad especial” de la que la humanidad jamás había siquiera imaginado ocurrió ese mismo mes de junio de 1905 mientras estaba montado en un tranvía y observaba el reloj mecánico de la torre “Zytgloggeturm” en la ciudad de Berna; ciudad, torre y reloj que personalmente yo desconocía hasta que en junio de 2001 y sin siquiera saber lo que le inspiró a un entonces desconocido exactamente años 96 antes, me llamó la atención y ante la inexistencia de la hoy popular práctica del selfie, posé y me hice fotografiar con ese icónico reloj.

Como es de imaginar, esa publicación no agotó la inquieta mente de ese personaje, quien además tenía nociones, ideas y pensamientos muy particulares sobre múltiples temas que podemos entrever en su obra de 1934 Mi visión del mundo.

No es nada fácil para nosotros los mortales comprender que es eso de la relatividad especial, menos aun lo que una década después, en 1915, este aún desconocido lanzó a la humanidad la archiconocida e incomprendida fórmula “E=MC2”,  la “Teoría de la Relatividad General”, y allí sí, desde ese momento ese señor, con esas famosas teorías, su inteligencia y genialidad, su particular personalidad, estilo de vida y algunas jocosas fotografías, pasó a ser uno de los seres humanos más famosos y conocidos en la historia.

Insisto que para nosotros los mortales estamos limitados para comprender esos temas tan abstractos y elevados, por lo que sería una absoluta pérdida de tiempo intentar hacerlo en estas líneas, así que no se hará, pero baste para los efectos de nuestras reflexiones destacar algo, y es que con esas teorías propuestas y demostradas, se echó por tierra lo que hasta ese momento era una ley universal que jamás se hubiese pensado que podía digamos estar equivocada o ser  “irracional”, nada más y nada menos que la propia Ley de Gravitación Universal, sí, así es, la mismísima Ley de Gravedad que formulara Isaac Newton en julio de 1687. ¿Somos conscientes de lo que esto significa? Aceptar que una ley física como esta haya estado equivocada. ¿Qué podemos pensar de una ley jurídica?

No escapan de nuestra mente todos aquellos que por simplemente atreverse a contrariar una norma, una ley, lo que sea por parecer irracional han sido condenados a la muerte, a la hoguera, el caso de Giordano Bruno es emblemático, aunque no el único. Con el transcurso del tiempo, permitiéndose mayor pensamiento crítico y disminuidas las terribles consecuencias por osar contrariar la autoridad, la humanidad progresó y evolucionó. Entre Bruno y Hawking estuvieron, Galileo, Newton, Einstein y tantos otros, y los que vendrán, ya no existen esas terribles hogueras, pero esto es en el foro que se sustenta en el método científico, desafortunadamente siguen existiendo otra clase de hogueras en otros foros menos racionales.

Si en el mundo de las leyes de las ciencias exactas o duras ha quedado demostrado que pueden ocurrir errores ¿qué nos hace pensar que en las llamadas ciencias sociales y más especialmente en la “ciencia” jurídica no estemos ante leyes irracionales, erróneas, indignas, ordálicas o simplemente perversas que no deberían aplicarse? ¿Las adversamos? ¿Las acatamos? ¿Las desconocemos? Cuando hablamos de la ciencia del Derecho ¿no estaríamos más bien ante una pseudociencia? ¿Soportan no solo las normas sino muchas instituciones jurídicas el método científico? ¿Dónde queda la falsabilidad, la repetibilidad y la reproductibilidad en estos foros? ¿Qué pensamos de la idea de derecho en sociedades bajo regímenes totalitarios con poca vocación democrática?

Preocupa como instituciones políticas y jurídicas se justifican en criterios de autoridad y discursos falaces, aparándose de la racionalidad que debe imprimirse en áreas del conocimiento tan importante como lo es el de la formación de leyes donde priva cualquier criterio lejano a la racionalidad para dar entrada al populismo y clientelismo muy bien conocido en nuestras latitudes.

No es difícil comprender como la idea de derecho, de ley, de constitución y poder constituyente, de derechos humanos y tantos otros, son susceptibles de ser utilizados por regímenes totalitarios para hacerse del poder y sostenerse en él justificándose en el “Derecho” en la “Ley”. Aquí bien vale recordar lo que nuestro amigo Montesquieu afirmaba: “Une chose n’est pas juste parce qu’elle est loi … mais elle doit être loi parce qu’elle est juste” (Una cosa no es justa por el hecho de ser ley… solo debe ser ley si es justa).

La preocupación se incrementa aún más cuando observamos como la idea de derecho, de instituciones jurídicas y políticas han sido pervertidas de tal manera que pretende tenerse como supuesto derecho y legislación cualquier orden despótica proveniente de gran número de agentes que obran con una abierta finalidad de abyección y creación de una suerte de feudos y caudillaje  en los que las etiquetas de gobierno y oposición no sirven sino para identificar cuál de los déspotas te expolia y te esquilma sustentado en una “ley”, “decreto”, “providencia”, “resolución”, “acuerdo” y hasta “jurisprudencia vinculante” que son cualquier cosa menos derecho, burdos actos de fuerza propios de autocracias, ello además de que adolecen de las mínimas consideraciones respecto de la razonabilidad y racionalidad a la que deben atender esta clase de actos cuando son genuinos[1].

Pero volviendo a nuestro amigo Einstein. Si algo podemos aprender de su experiencia es la de enfrentarse y ser críticos de las leyes y situaciones que consideramos irracionales, erróneas e injustas, promoviendo tanto en foros académicos como sociales temas sobre racionalidad legislativa y apartarnos de la tribal y barbárica cultura de la idea de derecho como mandato despótico sin fundamento lógico y argumento de autoridad, muy propio de nuestras realidades latinoamericanas. También podemos considerar de su experiencia que aunque no seamos famosos o conocidos, si tenemos alguna idea, proyecto o trabajo, no desistir jamás en nuestro esfuerzo de culminarlos y publicarlo aunque al principio nadie lo lea y le presente atención, tarea que es cada vez más fácil con la existencia de redes sociales y blogs.

Y por último, considerando la particular personalidad nuestro amigo Albert Einstein, hay un tema que seguro va a resultar de mayor interés a lectores de otro tipo de conversaciones, nos referimos a lo que podría llamarse la Teoría de la infidelidad mediante la cual se demostraría que los humanos como animales mamíferos no somos monógamos por naturaleza y que la institución del matrimonio no era aconsejable sino más bien había que mantenerse en situación de lo que conoce como amor libre, sobre lo cual nuestro personaje habría también afirmado: «uno debe hacer aquello con lo que disfruta y no hacer daño a nadie más».

Sobre la teoría de la relatividad especial o general creo que no me animo a participar en una conversación más profunda, por el contrario, sobre la Teoría de la infidelidad[2], la Teoría racional de la sexualidad de Harvey Jackins, la inviabilidad del matrimonio, el efecto Coolidge que demostraría biológica y psicológicamente la no monogamia de los mamíferos  y otros asuntos relacionados, por supuesto que me anoto, pudieran ser muchas las cosas que aprender de este genio de la humanidad, este señor  no pudo ser un genio para una cosa y no para otra, lo que tal vez ocurrió fue que sobre eso no se atrevió a escribir en esa época por el riesgo a ser juzgado en otras inquisiciones y llevado a otras hogueras.

Afortunadamente hoy si podemos tratar más abiertamente estos temas, hagámoslo.


[1] Ver Roberto Hung Cavalieri.

  1. Una aproximación a los modelos o niveles de racionalidad legislativa en la teoría de la legislación.
  2. Una aproximación a las ideas de irrazonabilidad, irracionalidad y hasta de la imbecilidad en el derecho.

Disponibles en: https://culturajuridica.org/entre-la-racionalidad-irrazonabilidad-e-imbecilidad-del-derecho/

[2] https://www.nationalgeographic.es/historia/la-teoria-de-la-infidelidad-de-albert-einstein


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