Colombia
A partir de la fecha de la resolución se exigirá la prueba PCR a los viajeros internacionales que ingresen al país por vía aérea. Foto: Mauricio Moreno / El Tiempo

El Ministerio de Salud de Colombia por una resolución 532 del 31 de diciembre del 2020 modificó el anexo técnico de la resolución 1.627 del 2020, que adoptó el manejo de bioseguridad para el control y riesgo de covid-19 en el transporte aéreo internacional.

En este documento, el ministerio aclaró que mientras se resuelve la impugnación del fallo de tutela emitido por el juzgado 11 administrativo, se suspende la no exigencia previa al embarque en el país de origen de la prueba PCR con resultado negativo.

De igual forma, se suprime la medida de cuarentena o aislamiento preventivo por 14 días que debían cumplir los viajeros.

En otras palabras, a partir de la fecha de la resolución se exigirá la prueba PCR a los viajeros internacionales que ingresen a Colombia por vía aérea.

En ese sentido, las autoridades aeroportuarias exigirán este requisito en cada distrito, según el documento.


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