Régimen
Foto: AFP

Los ministros de Relaciones Exteriores de los 18 países adheridos al Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca decidirán este lunes, en Nueva York, imponer sanciones al régimen de Nicolás Maduro. Una propuesta es la congelación de activos de altos funcionarios del gobierno.

Personas involucradas en las negociaciones escuchadas por O Globo, aseguraron que la idea es «establecer un régimen vinculante de medidas políticas y económicas, a través de la colaboración y el intercambio entre las partes del TIAR».

Las medidas pueden ser controles policiales, aduaneros y financieros sobre actividades ilícitas transnacionales, la recepción y el financiamiento del terrorismo, el tráfico de drogas y el lavado de dinero.

Una opción son las sanciones individuales. En la agenda está el congelamiento de los activos de altos funcionarios del régimen, como lo hizo Estados Unidos.

Desde 2018, Estados Unidos impuso sanciones a los principales aliados de Maduro. Tales como el número dos del régimen chavista, Diosdado Cabello, y el ministro de Defensa, Vladimir Padrino López.

Una fuente aseguró que las medidas serán obligatorias y se creará un mecanismo para revisar la implementación.

Los negociadores del lado del presidente encargado, Juan Guaidó, indican que «todas las opciones del artículo 8 están sobre la mesa». En una entrevista con CNN Español, su representante de la OEA, Gustavo Tarre Briceño, calificó de prejuicio descartar el uso de la fuerza.

Posibles acciones

El artículo 8 del Pacto de Río, como también se llama el acuerdo de 1947, enumera las posibles medidas: retirada de los jefes de misión, interrupción de las relaciones diplomáticas, interrupción de las relaciones económicas o de comunicación y empleo de las fuerzas armadas.

Para convocar la reunión de cancilleres, se necesitaban 10 votos. La convocatoria se aprobó con 12: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haití, Honduras, Paraguay, República Dominicana y Venezuela, que está representada por Guaidó. Las sanciones necesitan contar con 13 votos.

Ejemplo de Haití

La ley brasileña dicta que solo existe una legislación específica para implementar sanciones aprobadas por el Consejo de Seguridad.

Lucas Carlos Lima, profesor de derecho internacional en la Universidade Federal de Minas Gerais, argumenta que las sanciones bajo el Pacto de Río no estarían en desacuerdo con el derecho internacional.

El artículo 53 de la carta de la ONU establece la acción de mecanismos regionales, porque el país es signatario del pacto y está obligado a seguir sus decisiones.

El hecho de que no haya una ley similar para el TIAR es imaginable. Brasil debe cumplir con las obligaciones contenidas en el mismo, de modo que estas acciones se ajusten a la ordenanza.

Lucas advierte que las decisiones sobre el uso de la fuerza tendrían que ser autorizadas por el Consejo de Seguridad. Debido a que son de gravedad diferente. Si bien el artículo 8 del Pacto de Río enumera las sanciones políticas, económicas y de uso de la fuerza, la ONU veta este último, excepto en defensa propia.

También argumenta que el texto no se limita a los ataques extranjeros. El artículo 6 establece que se pueden tomar medidas sobre la base de cualquier hecho o situación «que pueda poner en peligro la paz de Estados Unidos».

Cita la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU de 1994 sobre Haití. A su juicio, las situaciones internas podrían representar una amenaza para la paz regional.


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