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Foto: @thesollers

Un hombre de La Coruña, España, tendrá que devolver todo el dinero y los bienes que le dejó como herencia su esposa fallecida en 1996. La mujer estipuló en el testamento una “cláusula de infidelidad” por la que el marido podía perder automáticamente todos sus bienes en caso de que él se enamorase o contrajera matrimonio con otra persona.

En 1975, la mujer había indicado en el testamento que en caso de muerte su pareja no podría volver a enamorarse ni tener otra familia, por lo que esto fue suficiente argumento para que un juez diera lugar al último deseo de la difunta. Durante la Audiencia Provincial de La Coruña, el magistrado obligó al viudo a devolver el dinero y los bienes de la herencia, ya que no cumplió con la cláusula de su ex.

En el documento, la difunta establecía que dejaría la herencia a su esposo siempre y cuando no se casara con otra mujer después de su muerte, en caso de que lo hiciera, quedaría sin efecto todo lo testado a su favor. Sin embargo, con los años, el hombre se enamoró y aunque no contrajo matrimonio con la nueva mujer pudo haber existido una relación convivencial. Este argumento fue necesario para que la Justicia avalara la relación como “matrimonio”.

En noviembre de 2019, ante un pedido de los hermanos de la mujer, el caso fue elevado al Juzgado de Primera Instancia N°1 de Arzúa, ahí se consideró el supuesto nuevo matrimonio del viudo como “no aprobado”, por lo que no se le dio lugar a la demanda.

Sin embargo, la segunda pareja del viudo también falleció y una dedicatoria en la lápida terminó por darle un desenlace final a la historia. En ellas, el difunto se refería a la mujer como “su esposa”, algo que el Juez tomó como prueba suficiente. “Recuerdo de tu esposo, hijas y nietos”, indica la lápida que tenía la tumba de la segunda difunta.

“Ambos se comportaban socialmente como pareja y con la apariencia de un matrimonio, dándose además una estrecha relación del demandado con la familia de la mujer, hasta el punto de compartir domicilio y de haberle dado públicamente al demandado, con motivo del fallecimiento de esta, la consideración de esposo de la finada”, señalan los medios de ese país que indica el fallo del juzgado.

Con esta segunda resolución, el difunto tendrá que devolver el dinero y los bienes heredados de su primera esposa hace 25 años, aunque todavía tiene una instancia para apelar.


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