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La mañana del 17 de marzo cuando comencé a escribir esta nota me despertaron las notificaciones en mi teléfono celular que estuvieron activas desde temprano en la madrugada con mis colegas de Recursos Humanos de Aragua y Carabobo, reportando la situación en sus empresas, compartiendo formatos de salvoconductos y a su vez inquietudes.

Este artículo es en honor a ellos, algunos de los cuales llegaron a sus empresas a las 4:00 am y también para todos los dueños de negocios y trabajadores de Venezuela que tienen muchas inquietudes relacionadas con la cuarentena decretada por Nicolás Maduro en medio de la pandemia causada por el coronavirus.

Tenemos dos situaciones opuestas, la de los trabajadores que deberán permanecer en cuarentena social y la de aquellos que deberán prestar servicios durante la cuarentena. Para facilitar la comprensión vamos a considerarlas por separado.

Trabajadores en cuarentena social

Estos son los trabajadores que no deberán prestar servicio. Aquí la mayor preocupación es: ¿qué hago con la nómina? En estricto derecho nos encontramos frente a una suspensión de labores por causa de fuerza mayor prevista en el artículo 72 del D-LOTTT y en el artículo 34 de su reglamento. Durante la suspensión de la relación de trabajo suceden dos cosas: el trabajador no tiene la obligación de trabajar y el patrono no tiene la obligación de pagar el salario.

Las obligaciones que persisten para el patrono, durante la suspensión de la relación de trabajo son el pago del cestaticket, los aportes a la seguridad social, las dotaciones de alimentación y vivienda si las hubiere, así como las obligaciones convenidas en las Convenciones Colectivas de Trabajo, en caso de que existieran.

En medio de la profunda crisis económica que vive Venezuela y de la que no escapan sus empresas, comercios y productores agropecuarios, los empleadores y sus equipos gerenciales deben tomar la decisión de qué hacer en esta situación. Apegarse a lo estricto de la ley deja a los trabajadores sin sustento y además tiene un impacto negativo en el clima laboral de la empresa al retorno. Pagar los salarios completos, sin tener ingresos, tiene un gran impacto en la liquidez de las empresas.

Trabajadores de entidades que deben prestar servicios durante la cuarentena social

En el caso de las entidades que deben prestar servicios durante el período de cuarentena es importante tomar en cuenta cuáles son las áreas críticas o esenciales para mantener la operatividad, cuáles áreas pueden gestionarse a distancia y cuáles son prescindibles y pueden sumarse a la cuarentena. Esto para minimizar los riesgos de la salud de los trabajadores y determinar cuáles áreas de la empresa, negocio o comercio, estarán operativas a los fines de ejercer las mejores prácticas de prevención e higiene para evitar el contagio.

La movilidad de los trabajadores

El Decreto de Estado de Alarma del 13 de marzo de 2020 establece que el presidente podrá restringir la circulación en determinadas áreas o zonas geográficas, así como la entrada y salida de estas.

El mismo decreto establece que existirán medidas alternativas para permitir la circulación de vehículos o peatones así como también los traslados de los trabajadores que realizan actividades que no se pueden suspender de acuerdo a las leyes vigentes. Al momento de escribir este artículo se desconoce cuáles serán esas medidas alternativas.

Aunque Vladimir Padrino López en sus declaraciones del 15 de marzo de 2020 afirmó que «las personas que trabajen en áreas que quedaron exceptuadas de la suspensión laboral deberán presentar a los funcionarios militares y policiales su respectivo carnet», en la práctica muchos funcionarios han solicitado a los trabajadores una constancia de trabajo o salvoconducto. Considera, además, que si la empresa necesitará los servicios de sus contratistas durante el período de la cuarentena, ellos también necesitarán una constancia.

La seguridad de los trabajadores

Es importante en todo momento garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, por lo que será necesario extremar las medidas de higiene y protección en los centros de trabajo que deban prestar servicios durante la cuarentena.

El Decreto de Estado de Alarma establece la responsabilidad tanto de las personas como de las empresas cuando el incumplimiento de sus disposiciones ponga en riesgo la salud de la ciudadanía, así que como empleadores es muy importante hacer énfasis en la seguridad tanto de los trabajadores, como de cualquiera que deba acceder a las instalaciones de la compañía según lo dispone este decreto.

¿Puede el trabajador negarse a trabajar durante la cuarentena?

Sí. El trabajador puede negarse a trabajar o interrumpir una actividad o tarea cuando tenga motivos razonables para creer que existe un peligro inminente para la salud o para su vida sin que esto pueda considerarse como abandono del trabajo. Este derecho está garantizado en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)

El impacto emocional de la cuarentena en los trabajadores

Cuando las personas han estado involucradas en una emergencia, desastre u otros eventos adversos pueden sentirse afectadas personalmente aunque no hayan perdido un familiar o contraído la enfermedad.

Es común mostrar signos de estrés cuando ocurren estados de emergencia sanitaria u otros eventos traumáticos y es importante que el Servicio Médico de la entidad haga seguimiento del estado de salud física y mental de los trabajadores, tanto de los que están en cuarentena como los que están prestando servicios.

Una de las recomendaciones para manejar el estrés es tomar respiraciones profundas. Mucha gente se puede beneficiar de tomar respiraciones profundas durante el día. Las respiraciones profundas ayudan a liberar el estrés y a estar calmado. También puedes escuchar ejercicios de relajación.

Durante los treinta días de cuarentena, nuestro mayor activo será la salud mental. Recuerda, estamos todos juntos en esto por el cuidado de nuestra salud y de nuestros seres queridos.

Si no es indispensable salir, no salgas. Lo sensato es, quedarse en casa.


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