TSJ-Estado-de-Excepción
El TSJ ilegítimo también declaró como nulo cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional, presidida por Juan Guaidó, desapruebe el Decreto de Estado de Excepción | Archivo

El Tribunal Supremo de Justicia del régimen declaró constitucional el Decreto N° 4.090. Se trata de un texto del 5 de enero de 2020, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.501. En su contenido, el oficialista Nicolás Maduro declaró el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.

La Sala Constitucional, a través de la sentencia N° 0002-2020 de la Sala del Alto Juzgado, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, validó la medida aplicable en todo el territorio nacional.

También declaró como nulo cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional, presidida por Juan Guaidó, desapruebe el Decreto de Estado de Excepción.

«Resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados del Parlamento», asegura parte de la sentencia. Añade: «…incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Alto Juzgado de la República».


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