Sudeban cuentas digitales feriado bancario

Con la finalidad de agilizar los accesos a los diferentes servicios del sistema, la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) autorizó la identificación biométrica y la firma electrónica, como parte de la creación de cuentas digitales. Esto para lograr mayor seguridad en las operaciones digitales.

Asimismo, busca incluir a una gran cantidad de usuarios, así como favorecer la incorporación de estos avances a una amplia tecnología de punta.

El ente regulador aseguró que las entidades financieras podrán expandir sus portafolios de cuentas y servicios bajo tecnología digital. Las habilitaciones deben cumplir con los siguientes requisitos:

– Identificación de riesgos tecnológicos asociados al producto o servicio financiero.

– Análisis de riesgos, donde se observe la probabilidad de ocurrencia, impacto y nivel de los riesgos identificados.

– Controles implementados o a implementar, como tratamiento para mitigar los riesgos identificados. En caso de que los controles no se encuentren realizados, indicar el plan de acción para su ejecución, señalando las acciones a realizar, fechas y responsables.

– Características de los equipos de tecnología, seguridad y telecomunicaciones que soportarán el producto o servicio.

– Sistemas, aplicaciones y/o módulos que lo soportarán o Mecanismos de seguridad de la información.

– Flujo operacional del producto o servicio.

– Procedimientos utilizados para la atención de reclamos y posibles fraudes, que formulen los clientes.

Sudeban autorizó la identificación biométrica y la firma electrónica para abrir cuentas digitales

Por otra parte, la normativa para abrir cuentas prevé que, aparte del acceso a productos y servicios bancarios en este tipo de plataformas, se debe establecer un “registro digital” que cumpla con las exigencias establecidas. Como la identificación con la firma electrónica y reconocimiento biométrico.

Entre los mecanismos de identificación que establece la Sudeban, bien sea para personas naturales o jurídicas, son:

– Cuentas Nivel 1. Aquellos que permitan verificar la información que suministre electrónicamente el cliente; así como, la identificación efectiva de la persona solicitante.

– Cuentas Nivel 2. Firma electrónica o tecnología de reconocimiento biométrico.

– Cuentas Personas jurídicas. Firma electrónica.

“En este sentido, la cuenta bancaria digital se considerará pre aprobada solamente con el suministro de información del cliente. Y una vez que superado el proceso de verificación por la Entidad Bancaria de acuerdo a los procedimientos que establezcan para tal fin, se entenderá formalmente activa”, aclaró la Sudeban.


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