Prorrogan por otro año exoneración del IGTF a títulos de valores emitidos en moneda extranjera
Foto: Daniel Muñoz / AFP

El gobierno de Nicolás Maduro prorroga por un año la exoneración del impuesto a las grandes transacciones financieras -IGTF- relacionadas con la compra, venta y transferencia de la custodia de títulos de valores emitidos o respaldados por la República o el Banco Central de Venezuela.

La medida también exime del impuesto a los débitos o retiros vinculados con la liquidación del capital o los intereses de estos títulos, así como de los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsas agrícolas cuando se realizan en moneda extranjera.

La exoneración se aplicará por un período máximo de un año, según lo estipulado en el Decreto Presidencial número 4924, publicado en la Gaceta Oficial número 42.823 con fecha del 21 de febrero de 2024, publicó Banca y Negocios.

Para acceder a este beneficio, los adquirientes deberán presentar ante las instituciones financieras:

1.- Documento emitido por los intermediarios autorizados de la bolsa de valores, detallando información como el número de operación, los títulos negociados, el intermediario y el monto de la operación, junto con el documento que avale la transacción emitido por la bolsa de valores respectiva.

2.- Declaración Jurada confirmando que el débito en cuenta o billetera se realiza exclusivamente para la adquisición de títulos o bonos emitidos o respaldados por la República o el Banco Central de Venezuela, acompañada de la confirmación de la transferencia de los títulos emitida por los intermediarios.

Las bolsas de valores nacionales, la bolsa agrícola y los intermediarios bursátiles autorizados deben informar a la Gerencia de Recaudación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria sobre las cuentas o billeteras designadas para procesar estas operaciones.

Ciertas operaciones no estarán sujetas al pago del IGTF

Ciertas operaciones, como las cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas, los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales desde cuentas en divisas, los pagos en moneda extranjera y las remesas enviadas desde el exterior a través de instituciones autorizadas, no están sujetas al pago del impuesto.

El decreto de exoneración del IGTF para títulos de valores emitidos en moneda extranjera entró en vigor el 26 de febrero de 2024. Estará vigente hasta la misma fecha en 2025.


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