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Fotografía de una sede del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat). Foto EFE/ Rayner Peña R.

La Providencia Administrativa N° 42, de fecha 9 de mayo, publicada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) estableció el modo de pago al fondo de pensiones durante los próximos siete meses del año.

Las fechas de declaración y pago de contribución, que deberán realizarse a partir del próximo 4 de junio, se fijaron de acuerdo con el último dígito del RIF de los contribuyentes. Sin embargo, la providencia no precisa las formalidades y especificaciones técnicas para realizarlos.

En el caso de que los pagos de salarios y bonificaciones de carácter no salarial se hagan en una moneda distinta al bolívar, el Seniat estableció que éstos deberán convertirse al tipo de cambio oficial fijado por el Banco Central de Venezuela para el cálculo del monto de la contribución de cada empresa.

Las empresas contribuyentes deberán informar trimestralmente la cantidad de trabajadores activos que mantengan en sus nóminas.

El Seniat también indicó que podrá iniciar los procedimientos de verificación o fiscalización que considere necesarios para dar cumplimiento a la Ley de Pensiones.

La Ley de Protección de Pensiones de Seguridad Social, aprobada de manera expedita por la Asamblea Nacional electa en 2020, establece una alícuota de 9% a las empresas privadas sobre la base de los pagos a los trabajadores (salario y bonificaciones de carácter no salarial) para que contribuyan con este beneficio.

Únicamente quedarán exonerados del pago de la contribución especial los emprendimientos debidamente registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE).

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) cobrará el aporte a las organizaciones correspondientes cada 30 días a través de los procedimientos para el control fiscal establecidos en el Decreto Constituyente del Código Orgánico Tributario.

La empresa que incumpla la nueva ley será sancionada con multa de 1.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, de acuerdo con la Gaceta Oficial número 42.880, con fecha del jueves 16 de mayo.

En un reciente comunicado, Fedecámaras señaló que este pago representa más presión para la empresa privada debido a los tributos que deben pagar periódicamente.

El gremio advirtió que esta nueva contribución puede afectar la rentabilidad del empresariado privado, al tiempo que también limitaría las inversiones y la posible mejora en el ingreso de los trabajadores; lo que a su vez estimula el empleo informal.

La organización insistió en que la base de aporte al fondo de pensiones debe tener un tope equivalente a tres veces el ingreso mínimo integral establecido por el Ejecutivo nacional.

También mencionó la exoneración del pago de la contribución para sectores prioritarios, salud y educación, así como a empresas que contemplen planes de jubilación para sus trabajadores.


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