Un entrenador de fútbol juzgado por delitos sexuales contra 13 menores a los que dirigía fue condenado a 30 años y 9 meses de prisión. De acuerdo con la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Juan Carlos Cuevas cometió varios delitos sexuales.

Entre los actos cometidos por el DT destacan: exhibicionismo y provocación sexual de menores, delitos de abuso sexual, embaucamiento sexual e intentos de hacer participar a una de las víctimas en un comportamiento sexual que le perjudicaba.

Trabajó por 20 años en Málaga

El técnico deportivo trabajó durante 20 años con menores en diversos banquillos de Málaga. Y aprovechó la influencia que tenía sobre los jugadores de las categorías alevines y cadetes que entrenaba para cometer dichos actos.

La resolución judicial también lo inhabilita para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores durante dos décadas. Además, le prohíbe acercarse a las víctimas durante 25 años y a una distancia inferior a 500 metros.

 

Responsabilidad de los clubes

La sentencia, que considera responsables subsidiarios al Málaga C.F. y al Club de Fútbol Alhaurín de la Torre, impone una pena de libertad vigilada durante ocho años que el procesado tendrá que cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad.

La resolución considera que Cuevas llevó a cabo, “intencionada y conscientemente”, conversaciones telefónicas de contenido sexual con los menores. Así como tocamientos, masturbaciones y felaciones.

Los hechos a los que se refiere la sentencia sucedieron entre los años 2011 y 2016, cuando el condenado tenía de 39 a 44 años de edad, ejerció funciones de entrenador, de segundo estratega y de utillero o encargado del material deportivo en varios clubes de fútbol.

Tres delitos contra la misma víctima

El fallo condena a Cuevas por cinco delitos de abuso sexual –tres de ellos contra la misma víctima- y a indemnizar a los jugadores con una suma total de 54.000 euros, en función de los daños morales sufridos.

La Fiscalía malagueña aseguró que los menores afectados fueron 25. Sin embargo, la Sala considera que no han quedado acreditados los hechos respecto a 12 de las supuestas víctimas.

La defensa pidió la absolución al negar todos los delitos de los que se le acusaba, si bien admitió que quizás su cliente, que se encuentra en prisión desde diciembre de 2016, mantuvo algunas conversaciones no apropiadas con menores.

A pesar de la condena a casi 31 años de prisión, el tribunal aclara que el máximo cumplimiento de la pena no puede exceder los 20 años, según el artículo 76 del Código Penal, por lo que queda eximido de los restantes 10 años y 11 meses impuestos.


El periodismo independiente necesita del apoyo de sus lectores para continuar y garantizar que las noticias incómodas que no quieren que leas, sigan estando a tu alcance. ¡Hoy, con tu apoyo, seguiremos trabajando arduamente por un periodismo libre de censuras!